En Comisión de Economía
Aprueban propuesta para el fortalecimiento de la reestructuración económica de la actividad futbolística
Centro de Noticias del Congreso
31 Mar 2021 | 14:14 h
Con votación en mayoría, la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, que preside el legislador Anthony Novoa (AP), aprobó el dictamen de la Ley de fortalecimiento de la reestructuración económica de la actividad futbolística en el Perú.
La iniciativa, presentada y sustentada por los legisladores Ricardo Burga Chuquipiondo y Walter Jesús Rivera Guerra (Acción Popular), tiene por objetivo dictar medidas excepcionales y transitorias a fin de establecer reglas destinadas a asegurar la actividad concursal de reestructuración y apoyo a la actividad deportiva futbolística, que permita la adopción oportuna de medidas definitivas para su saneamiento económico.
Para tal efecto se suspende la Ley 29862, Ley para la reestructuración económica y apoyo a la actividad deportiva futbolística en el Perú; y la Ley 30064, Ley Complementaria para la reestructuración económica de la actividad futbolística.
En su artículo tercero, la norma dispone suspender provisionalmente los procedimientos concursales de los clubes de futbol profesional sometidos bajo el alcance de la Ley 27809, Ley General del Sistema Concursal o del marco normativo que les resulta aplicable. Se suspende provisionalmente las convocatorias, la realización y la toma de acuerdos de la junta de acreedores de los clubes de futbol profesional concursados, así como el ejercicio y las facultades de las administraciones concursales designadas.
SUNAT Y LA JUNTA DE ACREEDORES
Se encarga a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) ejercer de manera provisional la presidencia de la junta de acreedores de los clubes concursados para fines en estricto administrativo, así como designar a la persona natural o jurídica que se encargue de ejercer el cargo de administrador provisional de los clubes concursados con plenas atribuciones y facultades de representación legal mientras concluye el ordenamiento.
La norma aprobada también prevé conformar una Comisión Investigadora en la Comisión de Fiscalización y Contraloría del Congreso a fin de que se realice una indagación respecto a las presuntas irregularidades en los procedimientos concursales seguidos a los clubes de futbol profesional y se formalicen, de ser el caso, las denuncias administrativas y penales correspondientes.
Se propone la conformación de una Comisión de alto nivel designada por el Congreso y que, en un plazo no mayor de 90 días, se elabore un marco legal referido a la presente ley.
Las recomendaciones efectuadas, afirma la norma, surgen de un profundo análisis de los efectos y resultados calamitosos que ha ocasionado la COVID-19 en la industria del futbol profesional, pues ha provocado la imprevista alteración del sistema de disputas del torneo, originalmente programado, además de la total desnaturalización de los principios del mérito deportivo, y del régimen de licencias, sobre las que se sustenta el sistema sancionador de los descensos.
Se incluye, dentro de la declaración de emergencia de la actividad futbolística, una recomendación a la Federación Peruana de Fútbol para que evalué la posibilidad de disponer la anulación de los descensos para poder reconstruir, a partir de la próxima temporada y bajo el marco de emergencia que aquí se declara, las bases del fútbol peruano, que se deberán sustentar en clubes saneados en la primera división. Esto facilitará y permitirá llevar adelante un proyecto a largo plazo para lograr la profesionalización de la segunda división.
En el entendimiento que, en caso de no anularse los descensos, se estaría convalidando una palmaria violación de los principios de integridad de las competiciones, del fair play deportivo y financiero, de la seguridad deportiva y de la igualdad de oportunidades entre estos.
Lima, 31 de marzo de 2021
PRENSA-CONGRESO