Aprueban por insistencia dictamen que permite a entidades gestionar recursos directamente recaudados

Centro de Noticias del Congreso
21 Ago 2025 | 20:54 h

El Pleno del Congreso aprobó, por unanimidad (89 votos a favor), el dictamen de insistencia a la Autógrafa de Ley que plantea derogar el numeral 15.3 del artículo 15 y del numeral 1 de la primera disposición complementaria final del Decreto Legislativo 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería.
La iniciativa que recae en los proyectos de ley y 6658/2023-CR, 08243/2023-P1, 8270/2023-CR, 8598/2024-CR, 8989/2024-CR, 9022/2024-CR, 9301/2024-CR, 9424/2024-CR y 9548/2024-CR, fue sustentado por el presidente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República, Alejandro Soto Reyes, quien sostuvo que dicho numeral modificó el tratamiento de ingresos públicos, tasas, multas, ingresos no tributarios, clasificándolos como recursos ordinarios centralizados en el Tesoro Público.
La autógrafa de ley propone derogar esta disposición desde el 1 de enero del año 2026, devolviendo dichos ingresos a su condición de recursos directamente recaudados, debido a la inconstitucionalidad del Decreto Supremo 043-2022-EF que clasificó ingresos con fin específico, tasas y multas, como recursos ordinarios contraviniendo los artículos 70 y 74 de la Constitución.
Añadió que la norma aprobada fortalece la legalidad y la transparencia del gasto, se restituye la finalidad específica de estos fondos y se evita su uso direccional.
“Los recursos directamente recaudados por las distintas entidades públicas han sido centralizados en Lima. Con la derogación de esta disposición estamos restituyendo la descentralización de los recursos directamente recaudados, de tal suerte que los organismos del Estado ya no vengan a pedir la limosna del Ejecutivo para restaurar, refaccionar sus instituciones, o dotar de medicamentos, por ejemplo, en el caso de hospitales”, enfatizó Soto Reyes.
El dictamen, aprobado en los mismos términos en que se votó el pasado 15 de abril, busca que los fondos públicos generados u obtenidos de la producción o prestación de los bienes y servicios autorizados con arreglo a ley, se encuentran bajo la administración y registro de las unidades ejecutoras y entidades que los generan.
El titular del Parlamento, José Jerí, precisó que de conformidad con lo establecido en el Artículo 78 del Reglamento del Congreso, el proyecto aprobado no requiere de segunda votación.
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