Aprueban insistencia de autógrafa que extiende a siete años periodo de conservación del registro de llamadas

Centro de Noticias del Congreso
02 Abr 2025 | 17:19 h

El Pleno del Congreso aprobó por insistencia la autógrafa observada por el Ejecutivo, que propone modificar la Ley 27336, Ley de desarrollo de las funciones y facultades del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), para extender el periodo de conservación del registro de llamadas por un periodo de siete años.
La iniciativa legislativa se sustenta en el Proyecto de Ley 1418/2021-CR. Fue aprobada durante la sesión plenaria del 4 de mayo del 2023, y observada por el Poder Ejecutivo el 7 de junio del mismo año. La insistencia obtuvo 72 votos a favor, 25 votos en contra y 8 abstenciones.
En su artículo único, la norma modifica el literal e) del artículo 16 de la Ley 27336, Ley de Desarrollo de las Funciones y Facultades del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL.
El mencionado artículo plantea las obligaciones de las entidades supervisadas. El literal e) modificado propone:
“Conservar por un periodo de siete años después de originada la información realizada con la tasación, los registros fuentes del detalle de las llamadas y facturación de los servicios que explota y con el cumplimiento de normas técnicas declaradas de observación obligatoria en el país por una autoridad competente, o de obligaciones contractuales o legales aplicables a dichos servicios”.
Añade, “culminado dicho periodo, las empresas operadoras realizan las acciones para eliminar la mencionada información salvo (que) exista mandato judicial que disponga lo contrario”.
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