En Comisión de Trabajo y Seguridad Social
Aprueban iniciativa para revisar casos de extrabajadores excluidos de ceses colectivos
Centro de Noticias del Congreso
25 Nov 2020 | 9:10 h
La Comisión de Trabajo y Seguridad Social, que preside el legislador Daniel Oseda (Frepap), aprobó por unanimidad el proyecto de ley que autoriza la revisión de los casos de extrabajadores que se acogieron al procedimiento previsto por la Ley 30484 (Ley que reactiva la Comisión Ejecutiva que implementa la revisión de ceses colectivos).
El proyecto de ley conjuga cinco similares iniciativas de ley y permite que los extrabajadores de ceses colectivos que no fueron incluidos en las relaciones elaboradas por la Comisión Multisectorial a cargo soliciten la reevaluación de sus casos.
El proyecto prevé una nueva conformación para la Comisión Multisectorial encargada de determinar y estructurar la lista final de cesados colectivos irregulares del periodo 1990.
“Sería integrada por un representante del Ministerio de Trabajo, de la Defensoría del Pueblo, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio de Justicia, un representante de las centrales sindicales y uno elegido por el gremio de extrabajadores cesados irregularmente no comprendido en ninguna central sindical”, explicó el congresista Enrique Fernández Chacón (Frente Amplio), uno de los impulsores de dicha norma.
Prohíben tercerización laboral
Con votación en mayoría, la comisión aprobó el texto sustitutorio del proyecto de ley que prohíbe la tercerización laboral de los servicios de limpieza pública y afines que prestan los obreros municipales.
El texto aprobado, que resume las iniciativas del Frepap y del Frente Amplio, recuerda que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado, principio establecido en la Constitución que nos rige.
Establece, asimismo, que el trabajo es un deber y un derecho, base del bienestar social y un medio de realización de la persona.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) define a la salud como un derecho humano fundamental, una condición indispensable del desarrollo humano.
La Ley Orgánica de Municipalidades permite a estas concesionar el servicio de limpieza pública, y hoy se ve un uso abusivo de dicha prerrogativa, ya que dichas empresas concesionarias toman ventaja del contrato que los une con sus comitentes, las municipalidades, en detrimento de los derechos laborales de los trabajadores que realizan limpieza pública, y estos están expuestos a condiciones laborales no fiscalizadas, al margen de la legislación municipal-laboral.
Por dichas consideraciones, entre otras, el texto aprobado establece en su artículo primero lo siguiente:
“Prohíbase a los gobiernos locales la tercerización laboral u otras formas de contratación distinta al régimen laboral de la actividad privada, de los servicios de limpieza pública, recojo de residuos sólidos, conservación y mejora de ornato local y afines que prestan los obreros municipales. De esa manera, los obreros municipales tendrán como único empleador a los gobiernos locales”.
PRENSA-CONGRESO