En Subcomisión de Acusaciones Constitucionales

Aprueban informe final que propone inhabilitar a excongresista Mirtha Vásquez por infracción constitucional

Centro de Noticias del Congreso

20 Jun 2025 | 15:32 h

La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, presidida por la legisladora María Acuña Peralta, aprobó con 12 votos a favor y 3 en contra, el Informe Final de la Denuncia Constitucional (DC) 114 (antes 467) contra la expresidenta del Congreso, Mirtha Vásquez Chuquilín, por la presunta infracción al artículo 45 de la Constitución y la presunta comisión de los delitos de negociación Incompatible o aprovechamiento indebido del cargo, previsto en el artículo 399 del Código Penal.

Además, se propone inhabilitarla en el ejercicio de un cargo público por el plazo de 10 años.

Se trata de una denuncia interpuesta por los excongresistas César Gonzáles Tuanama y Manuel Merino de Lama. Ello debido a la realización de presuntos actos arbitrarios de la denunciada durante su gestión como presidenta interina del Congreso por aumentos remunerativos y designación, a pocos días de culminar su gestión, de funciones a determinados trabajadores, sin tener en cuenta lo establecido a nivel reglamentario y normativo, y sin la aprobación del Consejo Directivo del Congreso.

También se le denuncia por haber incumplido el procedimiento de medidas de protección sanitaria, al disponer, a través del área de Recursos Humanos, la entrega física de tarjetas electrónicas de consumo navideño, lo que habría generado un incremento de contagios por COVID-19, y dos fallecidos en ese periodo, así como otros trabajadores en estado de gravedad.

Eventualmente, también podría configurarse los delitos de tráfico de influencias, peculado doloso, omisión de actos funcionales, omisión de las medidas sanitarias y atentado contra las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

ADMITIDA A TRÁMITE

Seguidamente, se acordó, por 14 votos a favor y 1 abstención, admitir a trámite la DC 537, interpuesta por la fiscal de la nación, Delia Espinoza Valenzuela, contra el juez supremo Víctor Lucas Ticona Postigo, por la posible comisión de los delitos de Tráfico de influencias y Negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo, tipificados en los artículos 400 y 399 del Código Penal, por realizar un intercambio de favores con el juez César Hinostroza para la contratación de un ciudadano Brian Rojas en el Jurado Nacional de Elecciones.

IMPROCEDENTES

Con 11 votos a favor, 2 votos en contra y 2 abstenciones, fue aprobado el informe de calificación que declara improcedente la DC 334, interpuesta por la congresista Ruth Luque Ibarra, contra la presidente de la república, Dina Boluarte Zegarra, y el expresidente del Consejo de Ministros, Pedro Miguel Angulo Arana.

También contra el exministro de Defensa y expresidente del Consejo de Ministros, Luis Alberto Otárola Peñaranda, el exministro del Interior, César Cervantes Cárdenas y el exministro de Justicia y Derechos Humanos, José Tello Alfaro, por la presunta infracción a los artículos 1, 2, 39, 44 y 118 de la Constitución por el establecimiento de estados de emergencia en los que se hace uso de la fuerza y la posible comisión de los delitos de Homicidio calificado y Lesiones graves, tipificados en los artículos 108 y 121 del Código Penal.

En esos casos, el informe señala que los funcionarios no pueden ser responsables de los delitos mencionados en un estado de emergencia porque se debería contar con pruebas, además los hechos materia de la denuncia, aún se encuentran en investigación fiscal.

También fue aprobado, por 11 votos a favor, 2 en contra y 2 abstenciones, el informe de calificación que declara improcedente la DC 389, interpuesta por el congresista Jaime Quito Sarmiento, contra la presidenta Boluarte por haber asumido el cargo ante la vacancia de Pedro Castillo y contra el expresidente del Consejo de Ministros, Luis Alberto Otárola Peñaranda, por la presunta infracción a los artículos 2 (numerales 1, 2, 4, 12, 17, 19 y 24), 44, 45, y 118 (numeral 1) de la Constitución y la posible comisión de los delitos de usurpación de función pública y aceptación Ilegal del cargo, tipificados en los artículos 361 y 381 del Código Penal.

Por 14 votos a favor y 1 abstención se aprobó declarar la improcedente la DC 558, interpuesta por el ciudadano Miguel Andrés Anicama La Torre, contra los jueces supremos Mariem Vicky De La Rosa Bedriñana y Pedro Cartolín Pastor, por la presunta infracción al artículo 139 (inciso 2) de la Constitución y la posible comisión de los delitos de Prevaricato, tipificado en el artículo 418 del Código Penal. Se concluye que no cumple con el requisito del proceso por falta de pruebas.

También se aprobó por 11 votos a favor, 2 en contra y 2 abstenciones el informe de calificación que declara improcedente la DC 349, interpuesta por la congresista Silvana Robles Araujo, contra la presidenta de la república, el exministro de Defensa y expresidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola Peñaranda, los exministros del Interior, César Cervantes Cárdenas y Víctor Eduardo Rojas Herrera y el exministro de Defensa, Jorge Chávez Cresta, por la posible comisión de los delitos de homicidio calificado y lesiones graves; tipificados en los artículos 108 y 121 del Código Penal.

Se señala que los hechos aún están en investigación en la Fiscalía.

También fue declarada improcedente, con 14 votos a favor y 1 en contra, la DC 568 interpuesta por la fiscal de la nación, Delia Milagros Espinoza Valenzuela, contra el juez supremo Ángel Henry Romero Díaz, por la presunta comisión de los delitos de patrocinio ilegal y tráfico de influencias; tipificados en los artículos 385 y 400 del Código Penal.

Por último, fue aprobado, con 11 votos a favor, 2 en contra y 2 abstenciones, el informe de calificación que declara improcedente la DC 340, interpuesta por la congresista Silvana Robles Araujo, contra la presidente de la república, el exministro de Defensa y expresidente del Consejo de Ministros Luis Alberto Otárola Peñaranda, los exministros del Interior Cesar Cervantes Cárdenas y Víctor Rojas Herrera y el exministro de Defensa Jorge Chávez Cresta, por la posible comisión de los delitos de homicidio calificado y lesiones graves, tipificados en los artículos 108 y 121 del Código Penal.

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

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