Aprueban dictamen que propone habilitar billetera digital para percibir el pago de haberes

Centro de Noticias del Congreso
11 Jun 2025 | 15:00 h

Con la finalidad de ampliar el alcance del uso de las herramientas financieras inclusivas para todos los trabajadores y ciudadanos, y con ello promover la inclusión financiera de forma eficaz y eficiente, el Pleno del Congreso de la República aprobó el dictamen que propone habilitar la billetera digital para percibir el pago de haberes y otras obligaciones laborales.
La iniciativa legislativa se sustenta en los Proyectos de Ley 4975-2022-CR. Obtuvo 95 votos favor, 1 voto en contra y cero abstenciones. Fue exonerada de segunda votación.
El titular de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, Ilich López Ureña (AP), sostuvo que el uso de las billeteras digitales ha crecido de manera exponencial y hoy son utilizadas por más del 58% de la población.
Detalló que con el uso de las billeteras digitales se generará el registro de los trabajadores informales ante las instituciones financieras, y de esa manera se sincerarán los ingresos provenientes de los haberes y beneficios sociales.
De este modo se dispondrá de la información que “sirva como criterio de evaluación para la accesibilidad a préstamos que superen la barrera de calificación negativa y exclusión financiera”.
LA NORMA
La iniciativa aprobada contiene seis artículos y una Disposición Complementaria Final que dispone su reglamentación.
El tercer artículo “reconoce la billetera digital como un medio de pago válido para que los empleadores realicen el depósito de haberes y otras obligaciones laborales de los sectores público o privado (…)”.
El cuarto artículo define que esta modalidad “se aplica para aquellos casos en que, por común acuerdo entre el trabajador y el empleador, se elija el uso de la billetera digital para la percepción de sus haberes y otras obligaciones laborales, siempre que el trabajador considere que esta modalidad le resulta más conveniente. (…)”.
El sexto artículo establece que la “Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones determina el nuevo límite operativo aplicable a la billetera digital que realice operaciones con dinero electrónico para el pago de haberes y otras obligaciones laborales, con el fin de facilitar una mayor inclusión financiera”.
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