En Comisión de Defensa del Consumidor

Aprueban dictamen que propone fomentar en el consumidor la comparación de precios

Centro de Noticias del Congreso

04 Nov 2025 | 16:21 h

La Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos, que preside Katy Ugarte Mamani (JP-VP-BM), aprobó el dictamen que propone la Ley que fomenta en el consumidor la comparación de precios mediante la obligación a los proveedores de publicar precios por unidad de medida.

El dispositivo legal se sustenta en el Proyecto de Ley 12350/2025-CR, cuya autora es la titular de la comisión. Obtuvo 12 votos a favor, cero votos en contra y 1 abstención.

La finalidad de la propuesta legal es “fortalecer la protección al consumidor mediante la promoción de información clara, completa y comparable sobre los precios de los productos, para reducir la asimetría informativa y fomentar decisiones de compra
informadas, en el marco de un régimen de economía social de mercado”.

De acuerdo con Katy Ugarte Mamani, “la entrada en vigor de esta norma representará una mejora sustancial en el Sistema Nacional Integrado de Protección al Consumidor, al establecer condiciones más claras, comparables y justas para la toma de decisiones de compra”.

Esto, contribuye “a consolidar un mercado más transparente, en concordancia con los principios constitucionales, legales y acuerdos internacionales en materia de derechos del consumidor, de los que el Perú es parte”.

El dictamen contiene 6 artículos y una disposición complementaria final.

El artículo 4 establece que los “proveedores, en establecimientos físicos y en plataformas de comercio electrónico, exhiben de forma visible y destacada, junto al precio total de los productos conforme lo establece el artículo 4 de la Ley 29571, Código de Protección
y Defensa del Consumidor, el precio por unidad de medida, con el fin de permitir una comparación efectiva entre productos similares”.

Establece, además, que en el “reglamento de la presente ley determina, de manera progresiva, los proveedores obligados a exhibir precios por unidad de medida, así como los productos a los que resulta aplicable dicha obligación”.

El artículo 6 establece que el “incumplimiento de la presente ley se sanciona de conformidad con la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor”.

ALLANAMIENTO
Previamente, la Comisión aprobó por unanimidad (14 votos) el allanamiento respecto a las observaciones del Poder Ejecutivo a la Autógrafa de la Ley que modifica el Decreto Legislativo 1256, que aprueba la Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas, y el Decreto Legislativo 1044, que aprueba la Ley de Represión de la Competencia Desleal, para fortalecer la eliminación de barreras burocráticas.

La norma, que se sustenta en los Proyectos de Ley 9680/2024-CR y 9566/2024-CR, fue aprobada durante la sesión plenaria del 20 de agosto último, y observada el 30 de setiembre siguiente.

La observación del Ejecutivo se refiere a que en el artículo 2 de la Autógrafa de Ley se establecen disposiciones que “generan duplicidad de funciones y colisionan con las competencias propias que tiene la Secretaria de Gestión Pública, especialmente en el extremo de la simplificación administrativa”.

Por razones de técnica legislativa, afirmó Katy Ugarte Mamani, al aprobarse el allanamiento a la observación descrita, la Autógrafa deja de tener tres artículos y sólo contendría dos artículos, razón por la cual debe modificarse la numeración” de los mismos.

DE INTERÉS NACIONAL
Enseguida, el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 7776/2023-CR que, con texto sustitutorio, propone la Ley que declara de interés nacional la autonomía de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, pasó a un cuarto intermedio a solicitud del congresista Ernesto Bustamante Donayre (FP).

EXPOSICIONES
En otro punto de agenda, la Comisión de Defensa del Consumidor abordó la problemática de los usuarios de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu), que afecta a miles de estudiantes de la Universidad Nacional de Ingeniería al no permitírseles registrar sus grados y títulos académicos.

Estuvieron presentes los representantes de la Asociación de Centros de Estudiantes de la Universidad Nacional de Ingeniería; en tanto que el superintendente nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu), Manuel Castillo Venegas, no se hizo presente.

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

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