En sesión de la Comisión de Constitución
Aprueban dictamen que impide acceso a cargos de elección popular a personas que atenten contra el orden constitucional
Centro de Noticias del Congreso
26 Nov 2024 | 14:22 h
Con 17 votos a favor, 1 en contra y 5 abstenciones, la Comisión de Constitución y Reglamento, que preside el congresista Fernando Rospigliosi, aprobó el dictamen recaído en los proyectos de ley 672/2021CR, 682/2021-PE, 1244/2021-CR, 1374/2021-CR, 2726/2021CR, 2922/2022-CR, 3249/2022-CR, 3260/2022-CR, 3342/2022CR, entre otros, que modifica los artículos 34-A, 39-A y el inciso 22 del artículo 139 de la Constitución Política del Perú, a fin de garantizar la idoneidad para el ejercicio de la función pública.
“En el caso de las personas condenadas a pena privativa de la libertad efectiva, con sentencia consentida o ejecutoriada, en calidad de autoras, cómplices o instigadoras por la comisión de los tipos penales referidos al terrorismo, tráfico ilícito de drogas, atentados contra la seguridad nacional y traición a la patria, así como delitos contra los poderes del Estado y el orden constitucional, el impedimento subsiste diez años después de que estas han sido declaradas rehabilitadas”, se plantea en la modificación del artículo 34-A.
Del mismo modo, en la modificación del artículo 39-A, se detalla que están impedidas de ejercer la función pública, mediante designación en cargos de confianza, “por el mismo periodo, las personas comprendidas en los supuestos establecidos en el artículo 34-A”.
Y en el artículo 139 de la Carta Magna, inciso 22, se precisa que la rehabilitación restituye a la persona los derechos suspendidos o restringidos por la sentencia, con excepción de lo dispuesto en los artículos 34-A y 39-A.
DEBATE
Durante el debate, el legislador Fernando Rospigliosi sostuvo que la propuesta debe ser viable, ya que la historia ha demostrado que muchas personas que han atentado contra el Estado y la sociedad han querido asumir el poder.
“No se trata de castigar sino de prevenir, de garantizar que quienes tienen el honor de postular y ejercer el cargo elección popular sean personas que no hayan atentado contra el interés nacional de manera grave”, se alega.
Por su parte, el legislador Alejandro Muñante (RP) sostuvo que el Perú no tiene una protección legal para, por ejemplo, impedir que sentenciados por terrorismo puedan postular a cargos de elección popular.
Su colega Martha Moyano dijo que, quienes han cometido delitos lesivos contra el país, no pueden estar tranquilamente haciendo una pre campaña electoral.
Asimismo, el parlamentario Wilson Soto dijo que es importante poner frenos legales a ciertas candidaturas, pues por más que algunos sentenciados “se encuentren rehabilitados” muchos mantienen sus ideas en contra del Estado.
BENEFICIOS
De acuerdo con el análisis de costo-beneficio que realizó la Comisión de Constitución, el Estado fortalecerá el sistema democrático al garantizar que en los procesos electorales se cuente con mecanismos que aseguren en mayor medida la idoneidad de los candidatos para acceder y ejercer la función pública sea por elección popular o designación.
“Contarán con una oferta de candidatos que garanticen en mayor medida la idoneidad para acceder y ejercer un cargo de elección popular, así como el incremento en la calidad de los funcionarios públicos designados”, se resalta sobre los beneficios para la ciudadanía.
Asimismo, se precisa que los partidos políticos deberán implementar mecanismos internos que les permitan acceder a las bases de datos que el Estado deberá actualizar y que contienen la información referente a los impedimentos para acceder a cargos de elección popular previstos en la propuesta legislativa.
OTROS TEMAS
De otro lado, la Comisión aprobó los dictámenes de control de diversos decretos legislativos y tratados internacionales, entre los que se encuentran: el Decreto Legislativo 1391, que simplifica procedimientos contemplados en normas con rango de ley que se tramitan en el Indecopi y precisa competencias, regulaciones y funciones de dicha entidad.
Asimismo, el Decreto Legislativo 1399, que impulsa el fortalecimiento de la micro, pequeña y mediana empresa y crea el Fondo Crecer.
En otro momento, por mayoría se aprobó el Informe de Opinión Consultiva 001-2024-2025-CCR/CR, que trata sobre la consulta efectuada por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, que solicitó emitir una opinión sobre el dictamen recaído en los proyectos de ley 3032/2022-CR, 5623/2023-CR, 6380/ 2023-CR, entre otros, referidos a la regulación del régimen especial de seguridad social para trabajadores y pensiones de pesqueros.
Al respecto, el informe de la Comisión indicó que dicha iniciativa no son de naturaleza fiscal y tienes fines previsionales.
En la sesión, participó el presidente del Congreso, Eduardo Salhuana, quien sustentó el Proyecto de Ley 09164/2024-CR, que modifica el segundo párrafo del artículo 71 de la Constitución, a fin de reducir de 50 a 20 kilómetros de fronteras las restricciones en la propiedad para extranjeros, homologando las distancias con países de la región.
En tanto, el legislador Alejandro Muñante expuso el Proyecto de Ley 9350/2024-CR, que plantea modificar el artículo 201 de la Constitución a fin de optimizar el funcionamiento de la justicia constitucional a través del incremento del número de magistrados del Tribunal Constitucional.
OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL