Aprueban dictamen para regular uso de imágenes de frutas en la publicidad

Centro de Noticias del Congreso

06 Nov 2024 | 5:28 h

Con la finalidad de regular el uso de las imágenes de frutas en la publicidad y etiquetado, la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos, aprobó por unanimidad (12 votos), el dictamen que modifica la Ley 30021, Ley de Promoción de la alimentación saludable para niños, niñas y adolescentes.

La propuesta legal se sustenta en los Proyectos de Ley 8455/2023-CR, 8543/2024-CR y 8633/2024-CR.

Durante la sustentación, el presidente de la comisión, Idelso García Correa (APP), señaló que “luego de haber evaluado las opiniones de las entidades competentes, considera viable modificar el artículo 8 inciso m) de la Ley 30021, Ley de Promoción de la Alimentación Saludable para niños, niñas y adolescentes”.

“El fin, enfatizó, es establecer claramente que no debe mostrarse imágenes de productos naturales si estos no lo son”.

“Las precisiones que el texto sustitutorio que contiene este dictamen hace a la Ley 30021, tienen impacto positivo no solo para los consumidores más vulnerable, como lo son este grupo etario menor de edad, sino que a su vez beneficia al Estado”, precisó.

En su artículo único, el dictamen modifica el literal m) del artículo 8 de la Ley 30021, Ley de promoción de la alimentación saludable para niños, niñas y adolescentes para hacer dicha precisión.

En su única Disposición Complementaria Modificatoria se modifica el artículo 32 de la Ley 29571, Código de Protección al Consumidor, se establece que el “etiquetado general y nutricional de los alimentos es obligatorio y se rige de conformidad con la legislación sobre la materia o en su defecto a lo establecido en el Codex Alimentarius”.

ALERTAS DE CONSUMO
De inmediato, el grupo de trabajo aprobó por unanimidad (10 votos) el dictamen que propone la Ley que modifica la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, con el fin de fortalecer el sistema de alertas de productos y servicios peligrosos (sistema de alertas de consumo).

La iniciativa legislativa se sostiene en el Proyecto de Ley 9029/2024-CR.

La propuesta aprobada contiene dos artículos

El primero modifica los artículos 29 —literales c) y h)— y 136 —literales g) y j)— de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor; mientras que el segundo artículo incorpora el artículo 29-A en la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor.

De otro lado, el grupo de trabajo aprobó también por unanimidad (10 votos) solicitar al Consejo Directivo la derivación del Proyecto de Ley 9362/2024-CR, Ley que regula el servicio de arrendamiento turístico.

EXPOSICIONES
A propósito de la filtración masiva de datos de los clientes de Interbank por un supuesto hackeo, sucedido entre el 30 y el 31 de octubre último, la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos creyó conveniente citar a una serie de autoridades públicas y representantes de la entidad bancaria para abordar la temática.

El tema en concreto fue: Seguridad de los consumidores en el sistema bancario y financiero. Medidas para salvar la confidencialidad de la información, así como la seguridad y protección de los usuarios.

Participaron el presidente de la Asociación de Bancos del Perú (ASBANC) Martín Naranjo Landerer; la vicepresidenta de Asuntos Corporativos y Legales en Interbank, Zelma Acosta-Rubio; el director general de la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANPD), del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Eduardo Luna Cervantes.

También la directora de la Autoridad Nacional de Protección al Consumidor de (PCM) Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), Katia Peñaloza Vassallo; y el superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) Sergio Espinoza Chiroque.

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

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