En Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera

Aprueban dictamen para el pago de facturas mype a 30 días

Centro de Noticias del Congreso

20 Oct 2021 | 16:06 h

Por mayoría, con once votos a favor y cuatro en contra, la Comisión de Economía, Banca Finanzas e Inteligencia Financiera aprobó, con cargo a redacción, el dictamen del Proyecto de Ley 286/2021-CR, que propone la Ley de pago de facturas mype a 30 días.

El acuerdo fue tomado en la sesión que realizó dicha comisión el miércoles 20, y estuvo dirigida por su presidenta la congresista Silvia María Monteza Facho (AP).

Antes fue rechazada una cuestión previa planteada por la congresista María Acuña Peralta (APP) a fin de que la propuesta sea analizada y debatida y votada en una próxima sesión.

“No es que no estemos con los microempresarios, pero no los podemos limitar en una negociación de dos partes”, afirmó.
Correspondió al congresista Carlos Anderson Ramírez (PP) sustentar la referida iniciativa legislativa, que propone regular el pago oportuno de facturas comerciales giradas por empresas del sector público a fin de impulsar el dinamismo de la economía a través de la oportuna provisión de liquidez (capital de trabajo) a las mypes.

Según el proyecto de ley, en cuanto a la emisión y aceptación de la factura o recibo por honorarios, se señala que en el momento que se apruebe la conformidad del bien entregado o servicio prestado, el proveedor emite la factura o el recibo por honorarios correspondiente.

Además, la empresa privada o institución pública adquiriente del bien o servicio tiene un plazo de siete (7) días hábiles contados a partir de la recepción del bien o servicio, para otorgar la conformidad de acuerdo a lo establecido en la orden de compra, contrato o términos de referencia u otro documento que acredite la adquisición. La conformidad del bien o servicio entregado debe constar por escrito mediante el cargo correspondiente.

En cuanto al plazo para la cancelación de facturas se plantea que el monto total de las facturas o de los recibos por honorarios, emitidos por el proveedor de un bien o servicio, deberá ser cancelado de forma efectiva en un plazo máximo de hasta 30 días calendario, contados a partir de la fecha de emisión.

Precisa que, en el caso se hubiera acordado realizar el pago en cuotas, deben indicarse las fechas respectivas de pago de cada una de ellas, tomando en cuenta que la primera cuota se paga como máximo dentro de los 30 días calendario a la presentación de la factura o recibo honorario

Respecto a los intereses moratorios se señala que, de no realizarse el pago de la factura o del recibo por honorarios dentro del plazo señalado, el acreedor incurrirá en mora, devengándose desde el día siguiente de la fecha de vencimiento hasta la fecha de pago. La tasa de interés moratoria será calculada de acuerdo a los criterios establecidos por el Banco Central de Reserva del Perú.

Durante el debate, la congresista Patricia Juárez (FP) planteó que se incluya un agregado en el texto en cuanto al plazo de cancelación de facturas y que se considere que excepcionalmente el proveedor y el adquiriente del bien o usuario del servicio puedan establecer, de común acuerdo, un plazo diferente, siempre que dicho acuerdo conste por escrito, sea suscrito por quienes concurren a él y no constituya abuso para el proveedor de bienes y servicio.

“Este es un aspecto que estaría regulando la forma cómo podemos contribuir a la reactivación de las pequeñas y medianas empresas -que creo- que es un tema absolutamente general de preocupación para todas las bancadas. Creo que esto no tiene color político y va ser favorable para los pequeños y medianos empresarios”, agregó.

La congresista Rosangella Barbarán (FP) expresó su preocupación para que no se vulnere la libertad de contrato que tiene ambas partes. “Que siempre las mypes sean beneficiadas y que no se perjudiquen con la adquisición de sus servicios o las compras de sus bienes”, agregó.

COMISIÓN ESPECIAL

En la sesión, la congresista Digna Calle Lobatón sustentó el Proyecto de Ley 110/2021-CR, de su autoría, que propone crear la Comisión Especial Multipartidaria encargada de establecer los mecanismos de compensación a los aportantes del Sistema Nacional de Pensiones que no accedan a una pensión de jubilación por no cumplir el tiempo mínimo de aportación de diez (10) años.

Establece que sus funciones son las siguientes: establecer su reglamento y cronograma de trabajo, proponer los procedimientos o alternativas de compensación respecto de los aportantes al Sistema Nacional de Pensiones que no accedan a una pensión de jubilación por no haber cumplido con el tiempo mínimo de aportación de diez (10) años.

Así también dicha comisión propone los mecanismos de compensación respecto de los exaportantes al Sistema Nacional de Pensiones que, a la fecha, hayan llegado a la edad de jubilación y no hayan accedido a una pensión de jubilación por no haber cumplido con el tiempo mínimo de aportación de diez (10) años.

Se propone que dicha comisión tenga un plazo de 60 días hábiles para que remita a la Presidencia del Consejo de Ministros y al Congreso de la República el informe final que elabore.

ZOFRA CAJAMARCA

La congresista Monteza Facho sustentó el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 121/2021-CR, que propone la “Ley que modifica la Ley N.° 31343 Ley de Creación de la Zona Franca de Cajamarca (Zofra Cajamarca)”.

Dijo que el objeto de la propuesta es modificar los artículos 2 y 4 de la Ley N.° 31343 Ley de Creación de la Zona Franca en la Región Cajamarca (Zofra Cajamarca), con la finalidad de ampliar la ubicación de la zona franca al distrito de Namballe, provincia de San Ignacio y departamento de Cajamarca, al ser el distrito fronterizo accesible con el país de Ecuador.

Por contar con la opinión negativa del Ministerio de Economía y Finanzas y a solicitud del congresista Jorge Morante (FP) se aprobó una cuestión previa a fin de que el dictamen sea debatido y votado en una próxima sesión previo estudio y análisis de la asesoría técnica de la comisión
Se deberá solicitar informes a los ministerios de la Producción, Agricultura y Energía Minas; así como al Gobierno Regional de Cajamarca, al alcalde provincial y a los alcaldes distritales involucrados en la propuesta.

OFICINA DE COMUNICACIONES

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