Dictamen de Comisión de Economía, además, eleva el tope general a la deducción de la renta neta del 10 % al 20 %

Amplían vigencia de beneficios tributarios en el financiamiento de deportistas de alta competencia hasta el 2036

Centro de Noticias del Congreso

20 May 2026 | 13:17 h

Con 20 votos a favor y una abstención, la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, que preside el congresista Víctor Flores Ruíz (bancada FP) aprobó el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 14336/2025-CR que modifica la Ley N.° 30479, Ley de mecenazgo deportivo, a fin de optimizar el financiamiento de los deportistas de alta competencia y fortalecer los incentivos tributarios.

La propuesta modifica los artículos 6 y 7 y la Tercera Disposición Complementaria de la referida norma con la finalidad de que los beneficios tributarios establecidos en esta norma tengan un plazo de 20 años.

El esquema original planteó incentivos tributarios centrados en la deducción como gasto en el Impuesto a la Renta (IR) hasta el 1 0% de la renta neta de tercera categoría y de trabajo sumada a la renta de fuente extranjera, así como la exoneración del IGV para la importación de ciertos bienes.

Sin embargo, casi una década después de su implementación la realidad del deporte de alta competencia ha evidenciado cuatro problemas estructurales que no se ha logrado resolver, como:
a) El enfoque excesivo en la infraestructura: si bien el artículo 5 de la Ley N.° 30479 contempla la construcción y equipamiento de espacios deportivos, así como subvenciones y viáticos existe un vacío legal severo respecto a la implementación directa y altamente especializada del propio atleta.

Por tal motivo se incorpora el literal F al párrafo 5.1 del artículo 5 para trasladar el beneficio directamente al capital humano, es decir, al deportista.

b) La insuficiencia de los topes de la deducción tributaria: el actual límite de deducción del 10 % de la renta neta del IR ha demostrado ser poco atractivo frente a los cuantiosos requerimientos del deporte de alto rendimiento.

La propuesta eleva el tope general a la deducción del 10 % al 20 % de la renta neta y de igual manera se crea un peldaño superior elevando el límite hasta el 25 % exclusivamente cuando las donaciones y los aportes se destinen a deportistas en proceso de clasificación o ya clasificados a los campeonatos mundiales, olímpicos, panamericanos, sudamericanos y bolivarianos. Así como para deportistas o atletas para discapacidad.

c) Los riesgos de deducción fiscal y vacíos en el control administrativo: bajo la normativa actual existe el riesgo de que empresas simulen donaciones o aportes entregando bienes de uso común o recreativo bajo el rotulo de deporte, afectando la recaudación fiscal.

Consecuentemente se amplía el texto original del artículo 8 de la Ley N.° 30479 incorporándose salvaguardas contra bienes perecibles y consumibles cuya vida útil no guarde proporción con el calendario deportivo.

d) El inminente vencimiento de los beneficios tributario: el plazo de los beneficios estipulados en la Ley N.° 30479 era de 10 años contados a partir de su vigencia.

Por lo tanto, dado que el 30 de junio del 2026 se cumple el plazo de vencimiento, se amplía la vigencia de los beneficios modificando el plazo por 20 años para que rija de manera extendida hasta el 30 de junio del 2036.

OTROS DICTÁMENES APROBADOS

Con 17 votos a favor, 2 en contra y 4 abstenciones, se aprobó el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 14104/2025-CR que modifica la Ley 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la SBS, a fin a de ampliar las operaciones de las cooperativas de ahorro y crédito que solo operan con sus socios.

Mientras que, con 20 votos a favor y 2 abstenciones se aprobó el dictamen recaído en los proyectos de ley 3783/2022-CR y 13935/2025-CR que prórroga la vigencia de los beneficios tributarios establecidos en la Ley N.° 30001, Ley de reinserción económica y social para el migrante retornado.

SUSTENTARON PROYECTOS DE LEY

El congresista Jorge Morante Figari (bancada Somos Perú) sustentó su Proyecto de Ley 14311/2025-CR, que propone modificar el Decreto Legislativo 1634 para facilitar la recaudación de multas administrativas impuestas por el Indecopi.

Finalmente, la parlamentaria Lady Camones Soriano (bancada APP) sustentó su Proyecto de Ley 14576/2025-CR que propone el fraccionamiento especial de deudas tributarias y multas administrativas en litigio.

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

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