De manera excepcional por 120 días hábiles

Amplían plazos para formalización de pequeños mineros y mineros artesanales

Centro de Noticias del Congreso

30 Jun 2021 | 22:04 h

Se aprobó, por unanimidad, el Proyecto de Ley N.° 5706/2020- CR, que propone modificar el plazo de inscripción de personas naturales o jurídicas del segmento de la pequeña minería y minería artesanal en el Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo).

La propuesta de ampliar el plazo de inscripción al Reinfo según lo establecido en la Ley 31007, Ley que reestructura la inscripción en el Registro Integral de Formalización Minera, es para aquellas personas naturales o jurídicas que se encuentren desarrollando actividades de explotación o beneficio en el segmento de pequeña minería y minería artesanal. La modificación del plazo es de manera excepcional por 120 días hábiles y el nuevo plazo se calcula desde la fecha de vencimiento del plazo inicial.

La ampliación se plantea en consideración a la declaratoria del estado de emergencia nacional, que concluía el 7 de julio del 2020. Dicho plazo se extendió por cincuenta y cinco días calendario, esto es, hasta el 23 de setiembre del mismo año. En dicho plazo ya no pudieron inscribirse los pequeños mineros y mineros artesanales a través de la plataforma virtual de la Sunat por diversos problemas.

El procedimiento de formalización minera integral no es la única vía de formalización toda vez que se puede optar por el procedimiento regular establecido en la Ley 27651, según lo afirmado por el Ministerio de Energía y Minas; pero la comisión congresal del sector explica que para ello el pequeño minero y minero artesanal tendría que paralizar sus actividades, ya que uno de los requerimientos es cumplir con la obtención de todos los requisitos como la certificación ambiental expedida por la Dirección General de Asuntos Ambientales y las autorizaciones dispuestas en el marco normativo de la actividad minera.

Yessica Apaza Quispe, presidenta de la Comisión de Energía y Minas, dijo que la mayor parte de pequeños mineros y mineros artesanales no se pudieron inscribir por las condiciones de pandemia, porque no pudieron desplazarse en las zonas de emergencia para obtemer su RUC, requisito indispensable que se pedía, ya que en diferentes zonas hubo bloqueos totales, y las instituciones, como Reniec y Sunat, no atendieron de manera normal.

Por su parte, Luis Orestes Sánchez resaltó que el sector minero genera su propio trabajo, “cada uno emplea a unas cinco personas, genera dinero fresco y paga impuestos en la estación minera; es necesario apoyar su formalidad”, aseveró.

A su vez, Alexander Lozano (UPP), representante de Madre de Dios, sostuvo que su región tiene actividades de agricultura, turismo y otras, pero también actividad minera. Sin embargo, desde 2012 al 2015, “se dieron leyes que no ayudaron a la importante formalización minera. Existen cientos y miles de mineros de baja escala. Es necesario formalizar sus actividades y que contribuyan al fisco peruano con sus tributos. Asimismo, ayudaría a dinamizar la economía local, articular actividades conexas, con respeto al medio al medio ambiente”, señaló.

Finalmente, Rosario Paredes (AP) afirmó que el Estado tiene la obligación de brindar todas las facilidades a los pequeños mineros, que se ven en la obligación de ser informales.

OFICINA DE COMUNICACIONES

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