1,442 MILLONES PARA COMPENSACIONES, EQUIPO MÉDICO Y SERVICIOS

Centro de Noticias del Congreso

07 Dic 2018 | 11:55 h

 

            El Presupuesto del Sector Público para el próximo año – aprobado en el Congreso y promulgado como Ley 30879 por el Poder Ejecutivo – ha tomado a los sectores Salud y Educación como prioritarios y les señala disposiciones especiales para que asuman su responsabilidad de manera eficiente.

            Así, el Capítulo V de esta ley – publicada el jueves 6 en Normas Legales del diario El Peruano- dispone medidas para la implementación del DL 1153 (que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de Salud), y le asigna recursos al ministerio de este sector por 772 millones de soles para el pago de la asignación por cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de servicios.

            Para este primer caso destina 80 millones de soles. 387 millones para el financiamiento y continuidad de las acciones de implementación en el marco del DL 1153; y 305 millones de soles para realizar reajustes en las valorizaciones que formen parte de la compensación económica que se otorga al personal de la salud.

            Para la aplicación de lo establecido en la ley, es requisito que las plazas se encuentren registradas en el aplicativo para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del sector público a cargo del MEF.

            Del mismo modo, según el artículo 26 de la Ley, se autoriza al MINSA para realizar modificaciones presupuestarias a favor de los gobiernos regionales. 330 millones de soles para operación y mantenimiento de nuevos establecimientos de salud que entraron en funcionamiento a partir del segundo semestre de este año.

            120 millones para los centros que están en funcionamiento para mantener infraestructura y equipamiento; y 70 millones para financiar la continuidad de  los servicios en los centros de salud mental y unidades de hospitalización en salud mental y adicciones.

            Por otro lado, se autoriza al ministerio de ese sector para efectuar modificaciones presupuestales en este nivel institucional por el monto de 150 millones de soles a favor de sus organismos públicos y de los gobiernos regionales para la adquisición y reposición de nuevo equipamiento biomédico en el marco de los siguientes programas presupuestales:

            Articulado nutricional, salud materno neonatal, prevención y control de la tuberculosis y VIH/Sida, enfermedades metaxénicas y zoonosis, enfermedades no transmisibles, prevención y control del cáncer, reducción de la mortalidad por emergencias y urgencias médicas; así como la reposición y adquisición de nuevo equipamiento biomédico orientados a la atención del recién nacido.

            Como un complemento de ello, el artículo 28 faculta para que en el 2019, el SIS, a través del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud (Cenares) compre productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios en beneficio de los afiliados al SIS.

            Y también para que hagan compras a través de la OPS, el Unicef y el Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas (UNFPA), de productos farmacéuticos, vacunas, dispositivos médicos, productos sanitarios y otros bienes necesarios para las intervenciones estratégicas sanitarias.

            Los saldos que no se utilice el MINSA hasta el 31 de diciembre del 2019 serán transferidos al tesoro público.

PRENSA CONGRESO

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