Anali Marquez presenta proyecto de ley para elevar penas por asesinatos de defensores ambientales, guardaparques y pueblos indígenas
10 Sep 2026 | 17:02 h
Iniciativa plantea incorporar estos crímenes como homicidio calificado y sancionarlos con penas de entre 25 y 35 años de prisión.
La diputada por Cusco Anali Marquez Huanca presentó el Proyecto de Ley N.° 181-2026, que propone modificar el artículo 108-A del Código Penal para fortalecer la protección penal de las personas defensoras ambientales, guardaparques e integrantes de pueblos indígenas u originarios que sean asesinados como consecuencia de su labor de defensa del ambiente y sus territorios.
La propuesta busca que el asesinato de una persona defensora ambiental por sus actividades de promoción, protección o defensa del medio ambiente; de un guardaparque por el ejercicio de sus funciones; o de un integrante de un pueblo indígena u originario por la defensa de los territorios que su comunidad posee tradicionalmente, sea considerado homicidio calificado, con una pena privativa de libertad no menor de 25 ni mayor de 35 años.
“Quienes defienden nuestros bosques, nuestros ríos, nuestras áreas naturales y los territorios de nuestros pueblos no pueden seguir exponiendo su vida sin una respuesta firme del Estado. Protegerlos también significa proteger el patrimonio natural y cultural de todos los peruanos”, sostuvo Marquez.
Una realidad que exige respuestas
La iniciativa recoge cifras que evidencian la grave situación que enfrentan quienes defienden el ambiente y los territorios. Según información de la Defensoría del Pueblo, se identificaron 22 casos de personas defensoras de derechos humanos asesinadas entre 2020 y marzo de 2025, varios de ellos vinculados a la defensa ambiental, territorial y de pueblos indígenas.
Asimismo, el proyecto recoge información de Global Witness, que ha documentado desde 2012 62 asesinatos y desapariciones de personas defensoras en el Perú, de las cuales 35 correspondían a integrantes de pueblos indígenas, evidenciando el especial nivel de riesgo que enfrentan quienes protegen sus territorios y recursos naturales.
Actualmente, cuando estos hechos son procesados bajo la figura de homicidio simple, la legislación establece penas de 6 a 20 años de prisión. Con la propuesta de Márquez, la condición de defensor ambiental, guardaparque o integrante de un pueblo indígena que protege su territorio pasaría a estar expresamente comprendida en el artículo 108-A, elevando la sanción a entre 25 y 35 años de cárcel.
DESPACHO DIPUTADA, ANALI MARQUEZ HUANCA
