Segundo vicepresidente del Congreso sustentó proyecto de reforma del Código Procesal Constitucional
15 Abr 2021 | 13:00 h
- Ante la Comisión de Constitución y Reglamento.
- Acceso a la defensa pública en derecho constitucional.
- Se incorpora derecho al agua potable en proceso de amparo.
- Demandas pueden presentarse y procesar en lenguas nativas.
Importantes modificaciones como el acceso a la defensa pública en derecho constitucional para las personas en estado de necesidad; el uso de las lenguas nativas en la presentación de demandas y sus procesos; y la inclusión de la libertad de conciencia, el derecho a objetar y al agua potable como derechos protegidos en los procesos de amparo son parte del proyecto de reforma del Código Procesal Constitucional (CPC), sustentado hoy ante la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso.
Este proyecto de reforma también contempla modificaciones en lo referido a medida cautelar, medios impugnatorios, ejecución de sentencia, en los procesos de hábeas corpus, amparo y hábeas data, así como a los procesos de acción popular y de inconstitucionalidad. El documento es fruto del trabajo realizado desde el año pasado por el subgrupo de trabajo integrado por los congresistas Luis Roel Alva, Carlos Mesías y Carlos Almerí.
Se señala que “en caso de incompatibilidad entre una norma convencional y una norma constitucional, los jueces preferirán la norma que más favorezca a las personas y sus derechos humanos”. Sobre la presentación de las demandas, el nuevo CPC contemplará que sean interpuestas y procesadas en quechua, aimara y demás lenguas nativas en los lugares donde estas lenguas predominen.
El proyecto considera que, “en los procesos de hábeas corpus, amparo, hábeas data y de cumplimiento, el demandante que no cuente con los recursos económicos suficientes o se encuentra en estado de vulnerabilidad puede recurrir a la defensa pública”. Se busca así garantizar el acceso a la defensa especializada en materia constitucional, tal como ya se aplica en las ramas penal, civil y de familia.
En torno al proceso de amparo, se incorporan como derechos protegidos el libre desenvolvimiento de la personalidad, la inclusión de la libertad de conciencia, el derecho a objetar y el derecho al agua potable. En su ponencia, el congresista Luis Roel Alva destacó que al agregar estos derechos fundamentales al CPC se evitarán las declaratorias de improcedencia.
“Creemos que, a través de lo establecido con diferentes juristas y especialistas en materia constitucional, hemos podido alcanzar una propuesta que busca actualizar un Código Procesal Constitucional con la jurisprudencia emitida por el TC en los últimos años y con los cambios de nuestra realidad jurídica y procesal”, destacó Roel Alva al finalizar la sustentación. Cabe destacar que el actual CPC se encuentra vigente desde noviembre del 2004.
Lima, 15 de abril de 2021
SEGUNDA VICEPRESIDENCIA