Luis Valdez: Retiro de fondos de AFP debe ser inmediato
30 Abr 2020 | 15:20 h
Primer vicepresidente del Congreso aseguró que no existen enfrentamientos entre Ejecutivo y Legislativo
El congresista de Alianza para el Progreso (APP) y primer vicepresidente del Congreso de la República, Luis Valdez Farías, aseguró que el retiro de hasta el 25% de fondos de las AFPS, será de aplicación inmediata tras la próxima publicación en el diario oficial El Peruano, de la ley promulgada por el Poder Legislativo.
Valdez Farías formuló un llamado al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), que depende del Poder Ejecutivo y a las AFP, para que ejecuten de manera inmediata y efectiva el desembolso de los recursos que podrán ser retirados por los millones de aportantes, y así, afrontar la crisis económica por efecto de la pandemia del COVID-19.
Señaló que el Ejecutivo al no haber observado la norma en el plazo previsto, el Congreso quedó en la facultad de promulgarla.
El congresista de APP sostuvo que la Ley tendrá un efecto positivo en millones de peruanos, que ahora, podrán contar con liquidez para afrontar la crisis.
“Las familias del Perú necesitan recursos para poder pagar el alquiler de la casa, las pensiones de las escuelas o universidades de sus hijos y otras obligaciones y no romper la cadena de pagos”, argumentó en vicepresidente del Parlamento.
Valdez Farías aseguró que no existe ningún tipo de enfrentamiento con el Gobierno Nacional y por el contrario, pidió a los poderes del Estado trabajar unidos por el bienestar de los peruanos.
“El Congreso tiende nuevamente los puentes del diálogo, la concertación, el trabajo conjunto con todos los poderes del Estado, para consecuentemente buscar el bienestar de nuestra población. Hoy más que nunca, el país nos necesita unidos”, enfatizó.
El primer vicepresidente firmó la autógrafa de la ley aprobada por el Congreso en el acto realizado en el Hemiciclo Raúl Porras Barrenechea, del Congreso de la República.
La Bancada APP impulsó la iniciativa legal mediante la presentación del Proyecto de Ley N° 4868, desde el inicio del Estado de Emergencia que decreto el Ejecutivo para afrontar la pandemia Covid-19.
Lima 30 de abril de 2020
DESPACHO CONGRESAL