Contraloría sancionará a quienes toleren corrupción en obras públicas

Luna Gálvez José León

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25 Jul 2025 | 14:31 h

Proyecto de Ley de Comisión de Control Concurrente

*Se aplicaría a supervisores, inspectores de obra, que no velen por buen uso de recursos en inversiones.

*También a funcionarios que no corrijan situaciones adversas y quienes no transfieran presupuesto necesario al control concurrente.

La Comisión Especial de Control Concurrente y Anticorrupción aprobó por unanimidad un proyecto de ley que fortalece la Ley 27785 para otorgar a la Contraloría facultades expresas de sancionar a aquellos funcionarios que incumplen su función de velar para que los recursos presupuestales no caigan en manos de la corrupción.

“Con la propuesta, se busca elevar la eficacia del control concurrente y sancionar a funcionarios que obstruyan auditorías y supervisiones. “La medida será clave para desincentivar prácticas corruptas e irregulares, y reforzar la transparencia en la gestión pública”, señaló el presidente de la Comisión Especial, José Luna Gálvez.

Entre las modificaciones más relevantes que trae la propuesta, indicó, destaca la tipificación como infracción muy grave no transferir oportunamente los recursos destinados a la aplicación del control concurrente y las auditorías financieras gubernamentales.

El texto modifica el artículo 46, sancionando a quienes demoren o ignoren situaciones adversas detectadas en informes de control concurrente, o incumplan disposiciones técnicas al supervisar obras e inversiones.

“Un punto importante es la posibilidad de sancionar al coordinador, supervisor, inspector, proyectista o residente o quien ejerza dichas funciones, que no vele por la correcta ejecución de alguna obra o inversión o que haya ignorado el riesgo de afectar el presupuesto de la inversión. Esta infracción es considerada grave, pero si genera perjuicio económico, será considerada muy grave”, explicó el parlamentario de Podemos Perú.

Asimismo, se fortalece a la Contraloría para que pueda ordenar directamente acciones de control simultáneo y posterior, o ejercer control externo posterior cuando lo estime necesario.

Con estas reformas se pretende garantizar que las advertencias y hallazgos de la Contraloría no queden en simples recomendaciones, sino que cuenten con respaldo sancionador efectivo.

Comisión Especial de Control Concurrente y Anticorrupción José Luna Gálvez

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