Congresista Margot Palacios recogió iniciativa legislativa para compra de deudas bancarias

Palacios Huamán, Margot

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15 Sep 2021 | 8:39 h

La legisladora Margot Palacios Huamán, integrante de la bancada de Perú Libre, recibió el proyecto de ley de compra de deudas bancarias de parte del presidente de la Asociación de Familias para una Banca Solidaria.

Esta iniciativa se denominada «Ley que establece medidas para las operaciones de compra y reprogramación de deudas de las personas naturales, microempresas y pequeñas empresas (mypes) con la banca comercial y el sistema financiero por parte del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP)”.
“Con esta iniciativa buscamos beneficiar a las personas naturales y mypes que fueron las más afectadas económicamente, a consecuencia de la COVID-19; porque, lamentablemente, los primeros apoyos económicos que brindó el Gobierno, como el Reactiva Perú y otros, solo beneficiaron a los grandes empresarios. Nosotros queremos que ahora se haga justicia social a todos los peruanos, con una ley de real congelamiento de deudas”, manifestó la legisladora.

La ley en mención establecerá que las mypes y personas naturales puedan solicitar al BCRP la compra de sus deudas y la reprogramación de su posterior pago; siempre que, al 29 de febrero de 2020, según lo indicado en la Resolución 11356-2008-SBS, registren una calificación de riesgo normal o con problema potencial, en los siguientes créditos:

• Créditos con garantía hipotecaria: cualquier tipo de crédito hasta por S/. 700 000. Puede incluir créditos hipotecarios para vivienda, créditos MiVivienda, créditos comerciales con garantía hipotecaria, créditos personales con garantías hipotecarias, créditos con garantía hipotecaria. Solo se puede considerar una hipoteca por persona natural o jurídica.
• Créditos personales: tarjeta de crédito, consumos, créditos vehiculares, créditos de microempresa y pequeña empresa hasta S/. 300 000.
Cabe precisar que los fiadores, garantes y avales también serán beneficiarios de la presente ley. No estando exceptuados de la presente norma el Banco de la Nación y Agrobanco.

“Siete millones de peruanos, usuarios financieros y sus familias han sido afectados económicamente por la cuarentena y el estado de emergencia, establecidos para enfrentar la pandemia por la COVID-19. Ningún regulador bancario ni el Poder Ejecutivo o Legislativo han podido defender sus derechos reales. De los programas de reactivación económica, que brindó el Estado peruano, solo benefició al 5 % del total de deudores a nivel nacional, con este proyecto buscamos llegar por lo menos al 80 % o 90 % de los deudores afectados”, acotó Margot Palacios.

Los requisitos para acogerse a esta iniciativa son haber tenido un número mínimo de cuotas de retraso consecutivas o alternadas, desde marzo de 2020, de la siguiente manera:
• Para créditos con garantía hipotecaria, el no haber pagado al menos una (1) cuota.
• Para créditos consumo, personales, tarjeta de crédito, microempresa, pequeña empresa y vehiculares, el no haber pagado al menos dos (2) cuotas.

No podrán acogerse a la presente ley quienes ya participen (o hayan participado) de los programas Reactiva Perú, FAE-Mype, FAE-Turismo, FAE-Agro, Programa Garantías COVID-19, entre otros programas del Estado.

“Con el programa Reactiva Perú, no se logró congelar las deudas de los pequeños empresarios, y el programa de Garantías COVID-19, establecido por Ley 31050, no congeló ningún interés compensatorio, ya que solo especificó que el sistema financiero “podrá” establecer un periodo de congelamiento de 90 días. Por lo tanto, no fue algo “mandatorio”, sino solo una opción a libre decisión del sistema financiero”, manifestó la congresista Palacios.

El BCRP, al hacer la compra de las deudas que el proyecto propone, solo realizará una función correctora en el mercado, pues pagará por los créditos adquiridos y dotará de liquidez al sistema financiero. Asimismo, con dichas acciones correctoras, se promoverá el empleo y la recuperación económica a nivel nacional. En este sentido, los ciudadanos podrán estar al día en sus obligaciones financieras y, de esa manera, la banca podrá continuar con su función proveedora de créditos.

La compra de deudas por parte del BCRP no es un gasto, sino una inversión. Es decir, desde la perspectiva económica, el Banco Central no tendrá un flujo de salida, sino que habrá dos etapas. La primera etapa es la etapa de inversión, en la cual se presentará un flujo de salida de recursos financieros. Sin embargo, como toda inversión, se presentará una segunda etapa en la cual se tendrá un flujo de ingreso para el BCRP. Tales ingresos se conformarán por los pagos de deuda que realizarán los ciudadanos al Banco Central. Cabe añadir que el BCRP tendrá una tasa de ganancia por su inversión de 1.4 % anual.

La presente ley de compra de deudas por parte del BCRP, podría beneficiar hasta 3 750 000 de usuarios financieros.

Despacho de la congresista Margot Palacios

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