Comisión de Energía y Minas del Congreso aprobó por mayoría insistencia de ley 109
14 Sep 2022 | 19:22 h
La autógrafa de ley estable el retiro del cableado aéreo en desuso o en mal estado
La iniciativa legislativa propuesta por el congresista Héctor Acuña (Integridad y Desarrollo), a través del proyecto de ley 109/2021-CR, que propone el retiro del cableado aéreo en desuso o mal estado que cuelgan en las zonas urbanas, fue aprobado por mayoría por la Comisión de Energía y Minas mediante un texto sustitutorio que será agendado en el pleno del Congreso de la República.
Como se sabe, la autógrafa de ley fue observada por el Poder Ejecutivo, quién planteó unas propuestas las cuales fueron recogidas por el dictamen de la comisión de Energía y Minas. Dentro de las observaciones resalta la incorporación de la supervisión ambiental de la Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) junto con la supervisión a cargo de las municipalidades en coordinación con los organismos técnicos reguladores (OSIPTEL y OSINERGMIN) y la ampliación de la obligación del retiro del cableado aéreo en desuso o mal estado a cargo de las empresas proveedoras de infraestructura pasiva en los sectores de electricidad y telecomunicaciones.
“Por años las municipalidades han logrado, a través de sus ordenanzas, que se haga efectiva la remoción paulatina del tendido aéreo obsoleto por parte de las empresas de telecomunicaciones y afines. Lamentablemente los reguladores no ayudaron en cambiar esta situación con opiniones técnicas ambiguas.”, remarcó el parlamentario Héctor Acuña.
Adicionalmente, el texto aprobado por la comisión establece la sanción de multa equivalente entre 5 y 20 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) a cargo de la OEFA. Esto se daría cuando las empresas responsables no cumplan con retirar el cableado en desuso o mal estado dentro del plazo de 24 meses de publicado el reglamento, el cual deberá hacerse en el plazo de 90 días calendarios desde la fecha de la publicación de la presente ley.
Redacción: Despacho Congresal SHAP.