Conforme a las disposiciones que, establece el Consejo Directivo.

Modifican Reglamento del Congreso respecto a declaración jurada de intereses

Centro de Noticias del Congreso

07 May 2020 | 21:10 h

El Pleno, en sesión virtual, aprobó, por mayoría, el proyecto de Resolución Legislativa que modifica el Reglamento del Congreso de la República respecto de la obligatoriedad de presentación de Declaración Jurada de Intereses.

La presente Resolución Legislativa del Congreso tiene por objeto regular la presentación de las declaraciones juradas de intereses a cargo de los congresistas de la República, así como del personal del servicio y de la Organización Parlamentaria que esté en la obligación de presentarla, garantizando la autonomía del Congreso de la República establecidos en los artículos 93 y 94 de la Constitución Política del Perú.

La Resolución modifica el literal i) en el artículo 23 del Reglamento del Congreso de la República, el cual señala que los congresistas tienen la obligación de presentar una declaración jurada de interés conforme a las disposiciones que, para tal fin, establece el Consejo Directivo.

Asimismo, modifica el literal m) del artículo 30 del Reglamento propone disponer el cumplimiento de la presentación de la Declaración Jurada de Interés de los congresistas de la República. Establecer además la relación de funcionarios del Servicio Parlamentario y de la Organización Parlamentaria que deban formular dicha declaración ante el sistema de declaraciones juradas para la gestión de conflictos de intereses de la Contraloría General de la República, la cual se encargará de cautelarla y publicarlas en su portal institucional de transparencia en su calidad de organismo constitucionalmente autónomo de control.

En el literal n) las demás contenidas en otros artículos del presente Reglamento y aquellas que le encargue el Pleno del Congreso.

Es sus disposiciones transitorias finales, el Consejo Directivo establece el plazo de 30 días desde la entrada en vigencia de la presente norma dentro del cual deben presentar su correspondiente declaración jurada de intereses los congresistas elegidos, así como los funcionarios y servidores del Congreso de la República.

De igual manera, la obligación de presentar la declaración jurada de intereses de los congresistas de la República, funcionarios y servidores del Congreso de la República se rigen de forma exclusiva por la presente norma.

Fue el presidente de la Comisión de Fiscalización y Contraloría, Edgar Alarcón, quien sustentó el texto sustitutorio. Durante el debate, varias bancadas sentaron sus posiciones de que la modificación del Reglamento del Congreso de la República sea más analizada.

Previamente, el Pleno rechazó una cuestión previa presentada por la bancada Morada a fin de que esta iniciativa pase a la Comisión de Fiscalización y Contraloría.

PRENSA–CONGRESO

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