Objetivo de la norma es combatir la informalidad en la educación básica
Aprueban informe de evaluación de Decreto de Urgencia 002-2020
Centro de Noticias del Congreso
06 Feb 2020 | 17:02 h
Por cumplir con lo dispuesto en nuestra Constitución, fue aprobado por unanimidad –con cargo a redacción- el informe final respecto del Decreto de Urgencia 002-2020, que tiene por finalidad garantizar que el servicio educativo brindado por las instituciones privadas de educación básica, en su condición de servicio público, contribuya al cumplimiento de los fines de la educación peruana y a la efectiva tutela del derecho a la educación de los niños, niñas y adolescentes del territorio nacional.
“El objeto de la norma apunta efectivamente a establecer medidas para aplicar contra la informalidad en la prestación del servicio educativo en la educación básica de gestión privada y para el fortalecimiento del servicio educativo a nivel nacional”, dijo el congresista Édgar Ochoa, coordinador del grupo de trabajo en su sesión del jueves 6.
La propuesta modifica los artículos 3, 4, 7, 13, 14, 16, 17 y 21 de la Ley de los Centro Educativos Privados. Señala que corresponde al propietario o promotor establecer las líneas axiológicas que rige su institución educativa dentro del respeto a los principios y valores establecidos en nuestra Carta Magna (Art 3.1).
Sobre este punto en particular la congresista Gladys Andrade recomendó que el nuevo Congreso debería regular de manera precisa los alcances del artículo 3,1 respecto a la elaboración de planes de estudio que se sujetaría a los lineamientos generales del Ministerio de Educación.
“Cuáles son estos lineamientos por los distintos cuestionamientos que se han venido difundiendo por la implementación de la ideología de género en la currícula escolar”, dijo la parlamentaria.
Observó que la Asociación de Profesores de Instituciones Educativas Privadas han expresado no estar de acuerdo con que la elaboración de los planes de estudio se sujete a los lineamientos generales establecidos al Ministerio de Educación para la diversificación curricular de la educación básica.
Al respeto, el congresista Ochoa informó que ese colectivo presentó recomendaciones, modificaciones y observaciones al dispositivo legal, entre ellas, que “el propietario o promotor se rija por las leyes y no por las normas al momento de establecer todas las líneas axiológicas y demás determinaciones”
Ochoa dijo que el colectivo propone que la autorización del funcionamiento se realice por silencio administrativo positivo, pues el Decreto de Urgencia establece el silencio administrativo negativo. Además señaló que se pronuncian en contra de la retención de libretas de notas y constancias de estudios por deudas de los padres de familia.
A su turno, el congresista Justiniano Apaza dijo que el decreto de urgencia recoge el clamor de la ciudadanía que demanda calidad frente a la mercantilización de la educación porque -subrayó – que la han tomado como un negocio gracias a dispositivos dados en los años noventa cuando se fomentó la informalidad y se dio libertad para que cualquier persona pueda tener su colegio e incluso se liberó de impuestos eludiendo la responsabilidad que la Constitución le da al Estado de asumir la responsabilidad de la educación.
Antes de concluir la sesión, el congresista Ochoa se pronunció de acuerdo con el aporte planteado por al congresista Andrade por la necesidad de la amplitud del debate de la claridad del contenido del artículo 3.1.
“Queda claro que el plan de estudio no es la imposición de un contenido temático, es básicamente la estructura de organización de cómo se desarrolla la currícula que está en manos de la educación privada con autonomía y libertad axiológica”, dijo el legislador en su condición de maestro, tras lo cual observó que el sector privado presta servicio al 30% de los escolares a nivel nacional y en Lima llega al 50 % de la población estudiantil.
PRENSA-CONGRESO