Se busca recuperar las deudas por aportaciones al Seguro Social de Salud
Grupo de Trabajo aprueba dos informes sobre Decretos de Urgencia de EsSalud
Centro de Noticias del Congreso
29 Ene 2020 | 21:13 h
Por unanimidad, se aprobó el informe final del grupo de trabajo que evalúa el Decreto de Urgencia 037-2019, que dispone medidas extraordinarias para garantizar el decreto fundamental a la Salud, a través de la recuperación de las deudas por aportaciones al Seguro Social de Salud – Essalud, y que ha sido coordinado por el congresista Héctor Becerril Rodríguez.
En sus conclusiones, establece que el Decreto de Urgencia bajo análisis se encuentra en las restricciones que no debería admitir la facultad legislativa extraordinaria del Poder Ejecutivo, considerando que no responde al criterio de excepcionalidad, dispuesto por el Tribunal Constitucional, que considera que las medidas no son excepcionales, ya que fueron aprobadas anteriormente, mediante el Decreto Legislativo 1275, debiendo mencionar que la Comisión de Trabajo y Seguridad Social aprobó un dictamen con una solución integral para fortalecer Essalud.
Además, el Decreto de Urgencia no explica en la exposición de motivos la situación actual de dicha deuda, por ello es evidente que la inyección de dinero a esta entidad no es para la atención de los asegurados, sino para ampliar las atenciones a los no asegurados y que por convenio con el Seguro Integral de Salud (SIS) tendrán que atender, poniendo en riesgo el acceso oportuno y el ejercicio efectivo del derecho a la seguridad social en salud de los aportantes a Essalud.
También se observa que el Decreto de Urgencia se aprobó después de la aprobación del Presupuesto Público 2020, por ello los gobiernos regionales y locales no han considerado el pago de la deuda en sus presupuestos.
DECRETO 028-2019
En la misma sesión, y también por unanimidad, se aprobó el Decreto de Urgencia 028-2019, que dispone medidas extraordinarias para el sostenimiento y Equilibrio Financiero del Seguro Social de Salud – Essalud para garantizar el derecho fundamental a la salud de los asegurados.
Una de las conclusiones se encuentra en las restricciones que no debería admitir la facultad legislativa extraordinaria del Poder Ejecutivo, contenido en el numeral 2.2.7 del Marco Constitucional del presente informe, ya que legisla sobre materia tributaria, al ampliar la contribución a Essalud, para los ejercicios fiscales 2020 y 2021, correspondiente a los Contratos Administrativos de Servicios (CAS). Asimismo, la Constitución Política señala expresamente que los tributos se modifican por ley o por Decreto Legislativo.
De igual manera, el grupo de trabajo considera que el Decreto de Urgencia no responde al criterio de excepcionalidad, ya que desde el año 2018 el Poder Ejecutivo con la emisión del Decreto Legislativo 1355, busca solucionar el problema de Essalud, lo que se vio agravado por la falta de asignación de recursos por el FONAFE para el año 2019, por ello no es corresponde a una situación imprevisible.
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PRENSA-CONGRESO 29-01-2020
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