En Comisión de Vivienda y Construcción
Insisten en iniciativa que formaliza los mercados de abastos y permite que comerciantes accedan a títulos de propiedad
Centro de Noticias del Congreso
22 Jun 2026 | 11:45 h
Por unanimidad (13 votos a favor), la Comisión de Vivienda y Construcción aprobó el dictamen de insistencia a la autógrafa recaída en los proyectos de ley 12064/2025-CR, 12366/2025-CR y otros que busca promover la formalización de los mercados de abastos y regula el proceso de adjudicación de lotes o edificaciones en favor de asociaciones o comerciantes que ocupan terrenos estatales destinados a mercados.
La propuesta modifica el artículo 1 de la Ley 27034, Ley de adjudicación de lotes de propiedad del Estado ocupado por mercados.
Al respecto, la presidenta de la Comisión de Vivienda y Construcción, María Acuña Peralta (bancada APP), informó que una de las observaciones realizadas por el Ejecutivo señalaba que la modificación del artículo 1 de la Ley 27034 implicaba una sobre regulación en la materia.
No obstante, indicó que el grupo de trabajo considera que no existe regulación alguna al respecto.
La segunda observación del Ejecutivo está relacionada con la Primera Disposición Complementaria Final de la propuesta, pues argumenta que a partir de la entrada en vigor del Decreto Legislativo 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, se modificó el ámbito de aplicación de la Ley 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, circunscribiéndose su competencia a los predios estatales.
En tanto que el Sistema Nacional de Abastecimientos (SNA) comprende a los bienes muebles y bienes inmuebles estatales los cuales pasaron a competencia de la dirección general de abastecimientos del Ministerio de Economía y Finanzas.
En este punto, señaló Acuña Peralta, la comisión se allana.
La congresista Martha Moyano Delgado (bancada Fuerza Popular), autora del Proyecto de Ley 12366/2025-CR, destacó que ahora los dirigentes y comerciantes de mercados podrán convertirse en propietarios de sus espacios de manera progresiva. Asimismo, solicitó el apoyo de las municipalidades para la regulación respectiva.
Cabe señalar que la norma regula el proceso de adjudicación de los lotes o edificaciones de propiedad del Estado o de cualquier entidad o fondo estatal o de los lotes de propiedad del Estado de cualquier entidad estatal que se encuentren en condición de cesión en uso inclusive en aquellos en proceso de liquidación que se encuentren siendo utilizados para el funcionamiento de mercado.
Asimismo, que se encuentren dentro de los alcances de la presente ley los lotes afectados en uso a favor de cualquier entidad estatal o municipal o personas jurídicas de derecho privado que se encuentren siendo utilizados para el funcionamiento de mercados.
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