Subcomisión analizó legalidad de 34 decretos legislativos, 57 decretos supremos y 10 tratados internacionales

Centro de Noticias del Congreso

10 Jun 2026 | 10:59 h

En su última sesión ordinaria, la Subcomisión de Control Político que preside la congresista Patricia Juárez Gallegos (bancada Fuerza Popular) aprobó por unanimidad (6 votos a favor) los informes de control de 34 decretos legislativos relacionados a la promoción de la inversión privada, deshacinamiento de los establecimientos penitenciarios, modificaciones al Código Tributario, eficiencia de la actividad empresarial del Estado, entre otros.

Del análisis realizado, se concluye que esos decretos legislativos cumplen con los requisitos formales, no contravienen la Constitución Política del Perú y se consideran conforme con la normativa vigente.

Entre esos dispositivos están:
-Decreto Legislativo 1533 que modifica el Código Tributario y otras normas relacionadas a las devoluciones que realiza la SUNAT.
-Decreto Legislativo 1585 que establece mecanismos para el deshacinamiento de los establecimientos penitenciarios.
-Decreto Legislativo 1543 que dicta medidas para mejorar la gestión de proyectos y los procesos de promoción de la inversión privada.
-Decreto Legislativo 1693 que ordena, sistematiza y optimiza la eficiencia de la actividad empresarial del Estado y Fortalece la estructura y gestión del FONAFE.

DECRETOS SUPREMOS

Por otro lado, con 6 votos a favor fueron aprobados los informes de 57 decretos supremos referidos a declaratorias y prórrogas de estado de emergencia en distintas localidades del país.

Asimismo, se acumularon los decretos supremos 002, 010, 011, 015, 016, 030, 063, 069 Y 076 del 2022-PCM que no se encuentran vigentes referidos al COVID- 19 los cuales fueron archivados por sustracción de la materia.

Además, se acumularon los Decretos Supremos 038, 040, 050, 051 y 060 del 2022-PCM referidos a desastres, peligros inminentes y graves afectaciones debido a las intensas precipitaciones los mismos que la fecha no se encuentran vigentes, los cuales fueron archivados por sustracción de la materia.

La presidenta de este grupo de trabajo indicó que los decretos supremos cumplen con los fundamentos de hecho y de derecho, así como los criterios de temporalidad, proporcionalidad y necesidades de las medidas establecidas en el artículo 137 de la Constitución y el artículo 92 A del Reglamento del Congreso de la República.

Por otro lado, los decretos supremos cumplen con el plazo de dación de cuenta salvo los Decretos Supremos 37, 39, 46, 64 y 72 del 2022 y 29, 30, 31, 32, 38 y 47 del 2026 – PCM. Por ello, se recomienda a la Comisión de Constitución y Reglamento invocar al Poder Ejecutivo para que cumpla con el mencionado requisito.

TRATADOS INTERNACIONALES EJECUTIVOS

Finalmente, con 6 votos a favor se aprobaron 10 informes de Tratados Internacionales Ejecutivos referidos a las Elecciones Generales 2026, entre otros convenios. Entre ellos están:
-Tratado Internacional Ejecutivo 56/2021-2026, Acuerdo entre la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos y el Gobierno de la República del Perú relativo a los privilegios e inmunidades de los observadores para las Elecciones Generales del 12 de abril de 2026 y una posible Segunda Vuelta Presidencial el 7 de junio de 2026.

-Tratado Internacional Ejecutivo 059/2021-2026, Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Delegación de la Unión Europea en Perú relativo a la Misión de Observación Electoral para las Elecciones Generales del 2026.

-Tratado Internacional Ejecutivo 53/2021-2026, Acuerdo por intercambio de notas entre la República del Perú y Japón sobre una donación para la implementación del Programa de Desarrollo Económico Social.

Los 10 tratados cumplen con lo dispuesto en los artículos 57 y 118 numeral 11 de la Constitución Política del Perú y no están referidos a derechos humanos, soberanía, dominio o integridad del estado, defensa nacional ni obligaciones financieras del Estado.

Asimismo, no crean, modifican o suprimen tributos, no exigen modificaciones o derogación de leyes ni requieren medidas legislativas para su ejecución.

INFORME DE GESTIÓN

Antes de culminar la sesión, la presidenta de la Subcomisión de Control Político señaló que durante el año realizaron 10 sesiones ordinarias y 1 extraordinaria, logrando aprobar un total de 266 informes que corresponde a 278 dispositivos sujetos a control.

Los dispositivos aprobados corresponden a 77 decretos legislativos, 178 decretos supremos, 6 decretos de urgencia y 17 tratados internacionales ejecutivos.

“Si bien en agosto del 2025 recibimos 175 normas pendientes de control, hoy podemos decir que nuestro trabajo de 276 informes aprobados ha superado con creces la labor de control político encargado”, culminó Juárez Gallegos.

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

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