GARANTIZAN PAGO DE REPARACIÓN CIVIL DE LOS CONDENADOS POR TERRORISMO
Centro de Noticias del Congreso
04 Dic 2018 | 22:06 h
La Comisión de Justicia y Derechos Humanos aprobó esta noche un proyecto de ley, de autoría del congresista Carlos Tubino (FP), que modifica el Código Penal con el propósito de “garantizar el pago de la reparación civil en favor del Estado peruano, a fin de establecer el carácter de imprescriptible de la reparación civil para los condenados por los delitos de terrorismo y de apología de los delitos de terrorismo”.
Asimismo, la iniciativa legislativa busca establecer que son nulos los actos practicados u obligaciones adquiridas con posteridad al hecho punible que disminuya el patrimonio del condenado y por lo tanto de reduzca su capacidad de pago.
“Este proyecto busca poner un freno en algo que realmente se ha venido dando como una burla señor presidente. Hemos sido afectados como sociedad peruana, hemos perdido una década. Hoy se sentencian a éstos delincuentes terroristas pero al poco tiempo salen de las cárceles pero no pagan ni un centavo. Por ejemplo, Sendero Luminoso nos debe 3,600 millones de soles. Pero ellos recurren a la Corte IDH, y el Estado peruano le paga a éstos delincuentes. Acá hay que hacer justicia y que estos delincuentes puedan resarcir al Estado, para que al final todo esto no sea una burla, como en los último años. Pido a los colegas apoyar este proyecto, porque es muy importante evitar que los delincuentes terroristas se burlen del país”, explicó el parlamentario.
Este grupo de trabajo también aprobó el dictamen referido a la ley que modifica el código civil “para precisar medidas en el proceso de alimentos e incorporarlos también para los padres de familias mayores de 65 años, que se encuentre en necesidad económica y de desplazamiento. Ellos pueden acceder a alimentos siempre y cuando lo puedan proveer sus hijos”.
Así mismo, la Comisión aprobó por mayoría, un nuevo texto, del proyecto de ley que establece la ejecución humanitaria de la pena. Esta decisión se tomó luego de rechazarse el dictamen que recomendaba allanarse a las observaciones formuladas por el Poder Ejecutivo sobre esta autógrafa.
El dictamen referido a la creación de la nueva Ley de la Abogacía Peruana, no pudo ser aprobado, toda vez que en esos momentos no se contaba con el quorum respectivo. (GC)
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