A favor de víctimas en actos de defensa del Estado y personas con enfermedad avanzada o terminal

Pleno del Congreso aprobó dictamen para priorizar pago de sentencias judiciales

Centro de Noticias del Congreso

01 Oct 2025 | 20:37 h

Por unanimidad (106 votos a favor), la representación nacional aprobó el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 6932/2023-CR, el cual propone modificar la Ley 30137, la cual establece criterios de priorización para la atención del pago de sentencias judiciales en favor de víctimas en actos de defensa del Estado y de violaciones de derechos humanos, así como personas con enfermedad avanzada o terminal.

La propuesta plantea la modificación del párrafo 2.1 del artículo 2 de la Ley 30137, en los siguientes términos:
2.1 Los pliegos cumplen con efectuar el pago por sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada en función a los criterios siguientes: materia laboral, materia previsional, víctimas en actos de defensa del Estado y víctimas por violaciones de derechos humanos, así como otras deudas de carácter social y deudas no comprendidas en los numerales precedentes.

De acuerdo con la iniciativa, se prioriza el pago a los acreedores mayores de 65 años de edad y/o a los acreedores con enfermedad en fase avanzada y/o terminal, debidamente diagnosticada y acreditada por especialistas del Ministerio de Salud y/o EsSalud, mediante un informe suscrito por un especialista de la salud de las entidades en mención, refrendado por el jefe de la institución correspondiente.

Para el caso de acreedores pertenecientes a la Policía Nacional y a las Fuerzas Armadas, el informe puede ser suscrito por un especialista de la salud de los establecimientos de salud de dichas instituciones, refrendado por el jefe de dicho establecimiento de salud.

El congresista Alejandro Soto Reyes, presidente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República, sustentó la iniciativa e indicó que la Ley 30137 exige que, para priorizar el pago de los ciudadanos con enfermedades en fase terminal o avanzada, tiene que estar acreditado por una junta médica integrada por tres especialistas médicos.

Sin embargo, añadió, “esto en la práctica es inviable, pues en muchas regiones del país simplemente no existen tres médicos especialistas. Es una manera burocrática que impide el acceso a una justicia. Estamos hablando de personas que ya ganaron un juicio al Estado, pero no pueden cobrar su sentencia por trabas administrativas, y lo más grave, están en fase terminal”.

Indició que, según la Cuenta General de la República, al 31 de diciembre del 2023, el Estado tiene demandas en su contra por S/ 58,800 millones y, adicionalmente, solo por sentencias judiciales firmes, en calidad de cosa juzgada, y en ejecución, 17,795 millones de soles.

El dictamen fue exonerado de la segunda votación.

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

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