En Comisión de Defensa del Consumidor
Aprueban dictamen que fortalece protección de usuarios frente a métodos abusivos de cobranza

Centro de Noticias del Congreso
30 Sep 2025 | 16:39 h

La Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos, presidida por la congresista Katy Ugarte Mamani (JPP-VP-BM), aprobó el dictamen recaído en los proyectos de ley 11437 y 12397 que incorpora nuevos supuestos de métodos abusivos de cobranza, en el marco de la modificación del Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571).
La iniciativa precisa que constituirá práctica abusiva realizar más de una llamada efectiva de recordatorio de pago al día antes de la fecha de vencimiento, salvo pacto en contrario. Se considera llamada efectiva aquella en la que el proveedor comunica directamente al consumidor el mensaje de recordatorio.
Asimismo, se prohíbe que el proveedor se comunique con el consumidor más de una vez al día por el mismo medio para el cobro de una obligación vencida, salvo que exista una negativa expresa del consumidor a llegar a un acuerdo con el proveedor, en cuyo caso se permite pacto en contrario.
Estas medidas buscan proteger a los usuarios de hostigamiento y prácticas de cobranza desproporcionadas, asegurando un trato justo y razonable.
SUNASS
En la misma sesión, la comisión escuchó la exposición del director de la Dirección de Usuarios de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass), José Luis Patiño Vera, quien informó sobre el impacto del Decreto Legislativo 1620 en las tarifas de agua y saneamiento en el país.
Explicó que la norma permite que multas administrativas (como las de Sunafil o Sunass) y laudos arbitrales puedan ser considerados como costos operativos de las empresas prestadoras de servicios, trasladándose así a las tarifas que pagan los usuarios.
Patiño Vera advirtió que, con la nueva disposición, los incrementos tarifarios ya no están condicionados al cumplimiento de metas de gestión, lo que reduce los incentivos para que las empresas mejoren la calidad del servicio.
Puso como ejemplo lo sucedido con Sedapal en el 2024, cuando a pesar de haber cumplido menos del 60 % de sus metas, se autorizó un incremento tarifario completo.
Respecto al rebalanceo tarifario, señaló que el Decreto Legislativo 1620 dispone que Sunass revise todos los estudios tarifarios vigentes de las empresas prestadoras, con plazo hasta diciembre de 2025. Este proceso afecta a 46 de las 50 empresas a nivel nacional e implica recalcular tasas de rentabilidad (WACC), ganancias y base de capital reconocida, lo cual tiene una alta sensibilidad en los costos para los consumidores.
“Si bien el objetivo es reducir la brecha de inversión en el sector, estimada en 138 mil millones de soles, los cambios introducidos generan implicancias directas en los costos al consumidor y en los incentivos para mejorar la calidad del servicio”, concluyó.
OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL