También a exministros Geiner Alvarado y Félix Chero

Comisión Permanente otorga plazo de 15 días a Subcomisión para investigar a Pedro Castillo y exfiscal Delia Espinoza

Centro de Noticias del Congreso

29 Sep 2025 | 17:28 h

Con 15 votos a favor, 6 en contra y 0 abstenciones, la Comisión Permanente del Congreso otorgó un plazo de 15 días hábiles a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales para que investigue y presente informe final respecto a una denuncia constitucional declarada procedente.

Se trata de la Denuncia Constitucional 588, interpuesta por la exfiscal de la nación Delia Milagros Espinoza Valenzuela en contra de José Pedro Castillo Terrones, en su actuación como expresidente de la república, en calidad de presunto autor del delito contra la administración pública en la modalidad de cohecho pasivo impropio, ilícito penal previsto y sancionado en el segundo párrafo del artículo 394 del Código Penal, en agravio del Estado.

También contra el exministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Geiner Alvarado López, y el exministro de Justicia y Derechos Humanos, Félix Inocente Chero Medina, en calidad de presuntos autores del delito contra la administración pública en la modalidad de cohecho pasivo propio, ilícito penal previsto y sancionado en el segundo párrafo del artículo 393 del Código Penal, en agravio del Estado.

EN UN EXTREMO

Luego, se vio otra denuncia que fue declarada procedente en un extremo. Se trata de la Denuncia Constitucional 563 y 618 (acumuladas), ambas fueron interpuestas por los congresistas Yorel kira Alcarraz Agüero y José Ernesto Cueto Aservi contra Delia Milagros Espinoza Valenzuela en su actuación como fiscal de la nación, por la presunta infracción de los artículos 45, 93, 139 (incisos 3 y 5), 158 y 159 (inciso 2) de la Constitución Política del Perú; además, por la posible comisión de los delitos de abuso de autoridad y prevaricato, ilícitos penales previstos y sancionados en los artículos 376 y 418 del Código Penal.

Votaron 19 congresistas a favor, 4 en contra y 0 abstenciones.

En otro momento, pasó al archivo las denuncias constitucionales 579,576, 573 y 564, que fueron declaradas improcedentes por la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, de conformidad con lo dispuesto en el tercer párrafo del inciso c) del artículo 89 del Reglamento del Congreso.

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

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