15 AÑOS DE PRISIÓN POR TOCAMIENTO INDEBIDO A MENORES
Centro de Noticias del Congreso
27 Jun 2018 | 19:18 h
La congresista Gloria Montenegro Figueroa (APP) anunció esta tarde que con penas entre nueve a quince años de prisión serán sancionadas las personas que realicen tocamientos indebidos o libidinosos en agravio de menores de edad.
Montenegro Figueroa, sostuvo que la norma de su autoría, aprobada en un texto sustitutorio por la Comisión Permanente del Congreso, es un avance en la legislación penal para sancionar los actos contra el pudor a los menores de catorce años.
La fórmula legal establece que quien realice sobre un menor de catorce años y obliga a este a efectuar sobre sí mismo, sobre el agente o tercero, tocamientos indebidos en su partes íntimas, actos de connotación sexual en cualquier parte de su cuerpo o actos libidinosos, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de nueve ni mayor de quince años.
Quienes reincidan en la comisión de delitos contra la libertad e indemnidad sexuales, serán sancionados con el aumento de la pena hasta en una mitad por encima del máximo legal, y sin derecho a beneficios penitenciarios de semilibertad y liberación condicional.
La legisladora precisó que si al reincidente se le indultó o conmutó la pena e incurre en la comisión de un nuevo delito doloso, el juez aumentará la pena hasta en una mitad por encima del máximo legal fijado para el tipo penal.
El texto sustitutorio del proyecto de ley que modifica el Código Penal y el Código de Ejecución Penal, para fortalecer la prevención y sanción de los delitos contra la libertad e indemnidad sexuales, incorporó las propuestas de la congresista Gloria Montenegro consignadas en el proyecto de ley 2536 / 2017- CR, presentado el pasado 8 de marzo del presente año.
Personas con discapacidad
El acceso de las personas con discapacidad física, sensorial o mental a los servicios de las entidades públicas y privadas, estará garantizado
Asimismo, agradeció a la Comisión Permanente presidida por Luis Galarreta Velarde por la aprobación de la iniciativa legislativa el cual promueve el Servicio de Facilitación Administrativa preferente en beneficio de las personas en situación de vulnerabilidad.
“Con la aprobación del proyecto de ley en la Comisión Permanente, las entidades públicas y privadas que presten servicios públicos, deberán entregar, por ejemplo, en su domicilio, un cheque de pensión a un adulto mayor impedido de acercarse a una agencia por dificultades de movilidad”, expresó Montenegro Figueroa..
Precisó que el uso de los medios tecnológicos es la otra alternativa para facilitar el acceso a los servicios administrativos, en favor de las personas en situación especial de vulnerabilidad.
La propuesta, también beneficiará a los adultos mayores en situación que impide su movilidad y las personas en estado de postración o con dificultades para movilizarse por sí mismas, a los servicios públicos que requieren y que son brindados por entidades públicas y privadas.
La norma se implementará en forma progresiva sobre la base de los recursos y medios disponibles de estas entidades en un plazo de 10 años. La reglamentación la aprobará el Ejecutivo, en un plazo de 120 días.
PRENSA – CONGRESO
27-6-2018 (Jarvi)
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