En Subcomisión de Acusaciones Constitucionales

Admiten a trámite denuncia constitucional contra Martín Vizcarra por caso de pruebas rápidas

Centro de Noticias del Congreso

11 Jul 2025 | 15:28 h

Con 15 votos a favor y una abstención, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales aprobó admitir a trámite la Denuncia Constitucional 580 interpuesta por la fiscal de la Nación, Delia Milagros Espinoza Valenzuela, contra el expresidente de la república, Martin Alberto Vizcarra Cornejo, por la adquisición masiva de las llamadas “pruebas rápidas” y la supuesta concertación ilícita para beneficiar a empresas particulares a través de compras directas, sin cumplir con los requisitos necesarios.

La denuncia también comprende al exministro de Salud, Víctor Marcial Zamora Mesía y a la exministra de Economía y Finanzas, María Antonieta Alva Luperdi, por la posible comisión del delito de colusión agravada, tipificado en el Código Penal, por utilizar recursos del Estado, supuestamente en forma indebida.

Los hechos, que constituirían el delito de colusión agravada, habrían ocurrido entre marzo y abril del año 2020 en el contexto de la declaratoria de emergencia provocada por la emergencia sanitaria de la COVID-19.

De acuerdo con el informe, las adquisiciones se habrían hecho a las empresas Nipro Medical Corporatioon, sucursal Perú y Mulmedical Supplies S.A., a través de compras directas más de un millón de pruebas rápidas de diagnóstico serológico, cuestionadas por el organismo rector e internacionales, las que recomendaban las moleculares.

Se sindica a Vizcarra Cornejo por ser quién ordenó la directiva a la titular del MEF para que viabilizará la compra de las pruebas rápidas a través del D.U. 28 -2020, por un monto que supera los seis millones de dólares americanos, comprometiendo recursos públicos, de manera presuntamente de manera irregular.

Con relación al exministro de Salud, se le acusa de haber concretado el favorecimiento al organizar la aplicación de las referidas pruebas y no velar por la seguridad de la salud; y a la exministra de Economía y Finanzas, de haber gestionado la apertura de partidas presupuestales.

Los hechos permiten indicar que hubo un concierto de voluntades de altos funcionarios públicos y representantes de las empresas favorecidas para obtener ventajas indebidas en un procedimiento de contratación pública, aprovechando la situación de emergencia sanitaria.

IMPRODECENTE

De otro lado, se aprobó el informe de calificación que declara la improcedencia de la Denuncia Constitucional 550 interpuesta por la fiscal de la nación, Delia Milagros Espinoza Valenzuela, contra el fiscal supremo Luis Carlos Arce Córdova, por la presunta comisión del delito de enriquecimiento ilícito, tipificado en el artículo 401 del Código Penal.

La votación, en forma mayoritaria, de 13 votos a favor, uno en contra y dos abstenciones, aprobó el archivamiento, por no encontrar argumentos válidos de dolo y basarse solo en la inferencia de un proceso contable incompleto y parcial ni las pruebas contundentes de la denuncia.

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

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