Se plantean hasta 12 beneficios postergados, según dictamen aprobado en Comisión de Presupuesto
Trabajadores CAS gozarán de derechos laborales estipulados en la Ley Servir

Centro de Noticias del Congreso
04 Jun 2025 | 15:06 h

Con 14 votos a favor y 4 abstenciones, la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República, que preside la congresista Lady Camones Soriano (APP), aprobó el dictamen recaído en los proyectos de ley 3117, 3473 y otros que propone otorgar derechos adicionales a los trabajadores bajo Contrato Administrativo de Servicios-CAS (Decreto Legislativo N.° 157).
En ese sentido, se propone otorgar los siguientes beneficios básicos sociales estipulados en la Ley del Servicio Social:
-Compensación por Tiempo de Servicios (CTS)
-Aguinaldo por Fiestas Patrias y Navidad
-Bonificación por escolaridad
-Asignación por 25 y 30 años de servicio
-Subsidios por fallecimiento y sepelio
-Bonos de productividad
-Contrato indeterminado
-Acceso al Comité de Administración de Fondos de Asistencia y Estímulo
-Contrato indeterminado para el personal comprendido en los Decretos de Urgencia 034-2021y 083-2021
-Asignación familiar
-Lactancia materna pre y pos natal de 45 días
-Homologación de remuneraciones
Esta iniciativa pretende resolver la preocupación extendida entre los servidores CAS sobre la precariedad, discriminación remunerativa y la ausencia de beneficios sociales por los cuales tiene su origen la dispersión de regímenes laborales contractuales desiguales.
Si bien el régimen CAS surgió como un régimen temporal, a la fecha, ya han trascurrido 18 años y cuenta con 348 750 trabajadores constituyéndose como el más importante a nivel laboral.
En ese sentido, se propone modificar los literales E y N del Decreto Legislativo N.° 1057 a fin de otorgar los beneficios de la Ley Servir a los trabajadores CAS, es decir, otorgarles un aguinaldo por Fiestas Patrias, otro por Navidad equivalente a una remuneración mensual cada uno, así como una CTS equivalente a una remuneración mensual por año.
El otorgamiento de los aguinaldos de julio y diciembre tendrían un costo de 1 809 millones de soles y el otorgamiento de la CTS tendría un costo de 1 055 millones anuales (este último solo se efectuaría al cesar el servidor).
Con el fin de financiar en el año 2025 la implementación de los aguinaldos y CTS, en la Segunda Disposición Complementaria Final se autoriza, excepcionalmente, y previa opinión favorable de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos a las entidades públicas del gobierno nacional, regional y local que tengan servidores sujetos al Decreto Legislativo N.° 1057 a efectuar modificaciones presupuestales.
Además, se modifica el artículo 5 a fin de regular en el Decreto Legislativo 1057, los CAS con contrato indeterminado a plazo fijo y los supeditados a confianza los cuales actualmente se encuentran regulados en decretos de urgencia y otras normas.
Al respecto, el congresista Pasión Dávila Atanacio (BS) manifestó que ciudadano que tiene todas las condiciones necesarias es una persona que avanza y produce.
Por su parte, el parlamentario Wilson Quispe Mamani (JP-VP) expresó que no era justo que los trabajadores CAS sean maltratados, no por el empleador, sino por el sistema lo cual no les permite tener una vida digna.
A su vez, el legislador Segundo Quiroz Barboza (BMCN) destacó que el Parlamento Nacional está dando respuesta a una petición de miles de trabajadores en la equidad de los beneficios sociales.
OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL