Comisión de Defensa aprueba dictamen que propone crear la Federación Deportiva Militar

Centro de Noticias del Congreso

14 Abr 2025 | 18:21 h

La Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas, presidida por la congresista Adriana Tudela Gutiérrez (Avanza País), aprobó el dictamen recaído en los proyectos de ley 4841/2022-CR y 5313/2022-CR, que modifica la Ley 13191, “creando la Federación Deportiva Militar, la que tendrá por representación a las Fuerzas Armadas de la República ante la Unión Deportiva Militar Sudamericana”, con la finalidad de realizar ajustes a la norma.

Esta federación  se encarga de la planificación, dirección, reglamentación y fiscalización de las competencias deportivas entre las instituciones armadas del Perú, así como de asesorar al Consejo Superior del Deporte en General del Sector Defensa en todo lo que se refiere a la educación física y los deportes de alto nivel entre militares.

La presidencia ejecutiva de la Federación Deportiva Militar del Perú es ejercida, rotativamente en periodo de dos años, por los directores de la Escuela Militar de Chorrillos, de la Escuela Naval del Perú y de la Escuela de Oficiales de la Fuerza Aérea del Perú.

Las instituciones de las Fuerzas Armadas consignan en sus presupuestos anuales, en partes iguales, los fondos para el funcionamiento de la Federación Deportiva Militar del Perú, los que cubren los requerimientos que demanden sus actividades.

Por otro lado, la comisión aprobó el proyecto de resolución legislativa enviada por el Poder Ejecutivo que propone autorizar el ingreso y tránsito al territorio peruano de la cañonera fluvial ARC “LETICIA” (ARC-136) y del remolcador fluvial ARC “CTCIM VLADIMIR VALECK MOURE” (ARC-144) de la Armada Nacional de la República de Colombia con su respectiva dotación.

Igualmente, quedó al cuarto intermedio, para un mejor análisis el dictamen recaído en los proyectos de Ley 09216/2024-CR y 09460/2024-CR, que propone con un texto sustitutorio la Ley que modifica la Ley 28359, Ley de situación militar de los oficiales de las Fuerzas Armadas, y el Decreto Legislativo 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, para uniformizar criterios sobre la prórroga excepcional del mandato de los altos mandos.

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

 

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