Autorizan ingreso de unidades navales y personal militar de Canadá y España al territorio nacional

Centro de Noticias del Congreso
13 Mar 2025 | 16:32 h

El Pleno del Congreso aprobó en su sesión vespertina sendas resoluciones legislativas, mediante las cuales se autoriza el ingreso a nuestro país, de unidades navales y personal militar de Canadá y España
Así, con 51 votos a favor, la representación nacional aprobó el dictamen recaído en la Resolución Legislativa 10103/2024-PE que autoriza el ingreso y tránsito de una unidad naval y personal militar extranjero de Canadá con armas de guerra al territorio de la República del Perú.
Al respecto, la presidenta de la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas, Adriana Tudela Gutiérrez (Avanza País) señaló que se propone el ingreso y tránsito por el dominio marítimo nacional del buque HMCS “Margaret Brooke” y su personal del 10 al 13 de abril del presente año.
Tudela Gutiérrez explicó que la finalidad es realizar una visita al Puerto del Callao para lo cual, la mencionada unidad tiene pensado ingresar el 08 de abril del 2025 y salir el 15 de abril del año en curso.
ARMADA ESPAÑOLA
Asimismo, con 58 votos a favor, 24 en contra y 2 abstenciones, se aprobó el dictamen recaído en la Resolución Legislativa 10292/2024-PE que autoriza el ingreso y tránsito de una unidad naval y personal militar de España con armas de guerra al territorio nacional.
Tudela Gutiérrez indicó que se plantea el ingreso y tránsito del buque Escuela Juan Sebastián de Elcano de la Armada española y su dotación a fin de efectuar una escala en el puerto del Callao del 18 al 22 de abril del 2025, para lo cual la mencionada unidad tiene previsto ingresar al dominio marítimo el 12 de abril y salir el 27 de abril del presente año.
MARCO LEGAL
La presidenta de la Comisión de Defensa manifestó que, de acuerdo al art.102 numeral 8 de la Constitución Política del Perú es una atribución del Congreso de la República prestar consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras a territorio nacional siempre que no afecte de forma alguna la soberanía nacional.
Asimismo, el art. 3 de la Ley 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento del ingreso de tropas extranjeras en territorio de la República del Perú, dispone que el ingreso de tropas extranjeras a territorio nacional es autorizado por el Congreso de la República mediante resolución legislativa previo dictamen de la Comisión de Defensa.
Finalmente, el art. 76 numeral 1 H) del Reglamento del Congreso de la República y la Ley 27856 establece que las preposiciones de resolución legislativa que autorizan el ingreso de tropas extranjeras al territorio de la República del Perú, sin afectar la soberanía nacional, deben especificar los motivos, la cantidad de personal militar, equipos transeúntes y el tiempo que permanecerán en el territorio peruano, requisitos que, en este caso, se cumplen.
Cabe precisar que de acuerdo a lo establecido en el art. 78 del Reglamento del Congreso de la República el proyecto de resolución legislativa no requiere segunda votación.
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