APRUEBAN IMPEDIMENTOS PARA SER OBSERVADOR ELECTORAL

Centro de Noticias del Congreso

12 Abr 2017 | 11:07 h

Los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y el segundo de afinidad, es decir los primos hermanos o cuñados del candidato, respectivamente, se encuentran impedidos de ejercer la observación electoral dentro de un proceso electivo.

Así lo aprobó en sesión del miércoles 12 el Grupo de trabajo de Reforma Electoral, encabezado por la congresista Patricia Donayre (FP), el mismo que pertenece a la Comisión de Constitución y Reglamento.

De igual manera, entre otros aspectos, acordó que no podrán ser observadores los  afiliados o personeros de las organizaciones políticas, salvo que hayan renunciado a esa condición con no menos de un año de anterioridad a la fecha límite a la convocatoria del proceso electoral.

Durante la décimo segunda sesión ordinaria del grupo de trabajo, fueron aprobados el miércoles 12 los Títulos VI y VII sobre observadores electorales y material electoral.

En lo que respecta a sanciones, se señala que en el caso de que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE)  detectara  que los observadores electorales han vulnerado la Constitución Política del Perú, los tratados internacionales y lo dispuesto en la ley, se encontrará facultado a amonestarlo públicamente; dejar sin efecto su acreditación; o disponer que la organización infractora no sea acreditada  para la observación electoral en el siguiente proceso electoral.

En lo que respecta al material electoral, la propuesta indica que está constituido  por el padrón electoral, la lista de electores, el acta padrón, la cédula de sufragio, el cartel de candidatos, las actas electorales y todo aquello que la ONPE determine para garantizar la emisión del voto de los electores y el funcionamiento de las mesas de sufragio.

De igual manera, se acordó que en un plazo máximo de 220 días anteriores a la fecha de las elecciones, el Reniec debe remitir el padrón electoral preliminar  al JNE para su aprobación.

Dicho padrón electoral aprobado será remitido en medios magnéticos a la ONPE para que proceda elaborar las listas de electores. Este organismo será, a su vez, el encargado del diseño y elaboración de las cédulas de sufragio y dispone todo lo relacionado a su impresión y distribución.

CANCELACIÓN DE INSCRIPCION

En este punto de la sesión, el congresista Gilbert Violeta (PPK) intervino para destacar la importancia de la responsabilidad de las organizaciones en competencia, porque a esas alturas ya no caben las renuncias al proceso.

En ese sentido, recordó que para el efecto de promover la seriedad, el pasado 5 de abril el grupo de trabajo aprobó que las organizaciones políticas que renuncien a postular en esta parte del proceso perderán su inscripción.

Donayre Pasquel consideró que se tiene que haber seriedad. “Cuando uno asume el compromiso de participar en un proceso electoral y lo asume en el momento de inscripción no puede retirarse a última hora cuando hay un material electoral impreso que ha ocasionado gastos al Estado. Es lógico que se sancione de esa manera”, anotó.

Dijo que la medida servirá tanto al partido político como a la sociedad, “porque el primero lo pensará dos veces antes de inscribir la candidatura, y la segunda se podrá sentir más respetada”. (MED)

 PRENSA CONGRESO

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