Pleno archiva en segunda votación reelección directa y por única vez de alcaldes y gobernadores

Centro de Noticias del Congreso

20 Nov 2024 | 18:55 h

El Pleno del Congreso archivó, en segunda votación, el dictamen de reforma constitucional recaído en los proyectos de ley 2027/2021-CR, 2067/2021-CR, 2225/2021-CR, 2287/2021-CR, 2303/2021-CR, 2343/2021- CR, Y 6375/2023-CR, que planteaba la reelección inmediata y por única vez de alcaldes y gobernadores.

La votación no alcanzó los dos tercios del número legal de congresistas siendo el resultado de  80 votos a favor, 33 en contra y cero abstenciones.

El dictamen fue sustentado por el presidente de la Comisión de Constitución y Reglamento, Fernando Rospigliosi, quien señaló que la reelección es un incentivo para la buena gestión de gobernadores y autoridades locales.

La congresista Silvana Robles (BS), mostró su reparo con la propuesta en lo que atañe a la eliminación de los movimientos regionales y planteó, incluso, una cuestión previa la cual fue desestimada.

En su artículo único, la propuesta planteaba modificar los artículos 35, 191 y 194 de la Constitución Política del Perú, el cual señalaba que el gobernador regional es elegido conjuntamente con un vicegobernador regional, por sufragio directo por un período de cuatro años. El mandato de dichas autoridades es revocable, conforme a ley.

Además, podrían ser reelegidos por un solo periodo adicional de manera inmediata. Los miembros del Consejo Regional son elegidos en la misma forma y por igual período. El mandato de dichas autoridades es irrenunciable, con excepción de los casos previstos en la Constitución.

El dictamen también planteaba que los alcaldes y regidores son elegidos por sufragio directo, por un período de cuatro años. Podrían ser reelegidos por un solo periodo adicional de manera inmediata. Su mandato es revocable, conforme a ley. El mandato de alcaldes y regidores es irrenunciable, con excepción de los casos previstos en la Constitución.

Indicaba que los ciudadanos podrían ejercer sus derechos individualmente o a través de partidos políticos de alcance nacional o alianzas entre estos, conforme a ley. Tales partidos y alianzas concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular. Su inscripción en el registro correspondiente les concede personalidad jurídica.

Durante el debate, hubo posiciones en contra y a favor de la propuesta. “Los alcaldes pueden ser reelegidos para que puedan culminar las obras y proyectos inconclusos. Mientras que otros mostraron su desacuerdo con la eliminación de movimientos regionales”, argumentaban los parlamentarios.

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