En Comisión de Constitución y Reglamento

Aprueban dictamen para garantizar la idoneidad de funcionarios y directivos de libre designación y remoción

Centro de Noticias del Congreso

05 Nov 2024 | 13:30 h

Con 19 votos a favor, 0 en contra y 5 abstenciones, la Comisión de Constitución y Reglamento, que preside el legislador Fernando Rospigliosi (FP), aprobó el dictamen recaído en los proyectos de ley 05416/2022-CR, 05449/2022-CR, 06196/2023-CR, entre otros, que modifica la Ley 31419, que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso al ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción.

¿DE QUÉ TRATA?

La iniciativa modifica los artículos 3, 4 y 5 de la Ley 31419, donde se incluye como un cuarto componente en la experiencia laboral específica “la equivalencia”, que se aplicará para puestos o cargos de un funcionario público de libre designación o remoción.

“La regla de equivalencia no es un procedimiento nuevo, es algo que ya Servir ha venido usando, solo que de manera residual (…) al no estar regulado en la ley, esta solo se aplica vía procedimiento de evaluación residual sin tener un parámetro normativo claro”, destacó Rospigliosi durante la sustentación de la iniciativa.

Por ejemplo, se detalla que la equivalencia a razón de un año del ejercicio de funciones por un año de experiencia específica requerida se debe dar para los casos de un funcionario público de elección popular, directa y universal; así como asesores de alta dirección, jefe de gabinete o el que haga sus veces en el Poder Ejecutivo, Poder Judicial, organismos constitucionalmente autónomos y gobiernos subnacionales.

“Así como asesores del servicio y de la organización parlamentaria en el Poder Legislativo y coordinadores parlamentarios acreditados”, se acota.

Del mismo modo, la equivalencia a razón de dos años del ejercicio de funciones por un año de experiencia específica requerida se debe dar para puestos de alta dirección o la que haga sus veces en el sector privado con personal a cargo, además de casos de asesorías profesionales no contempladas en los supuestos anteriores.

“El cómputo de los años de ejercicio de funciones para todos los casos regulados en la presente ley se aplica de manera acumulativa y sin excluir ningún tipo de régimen laboral”, se precisa.

BENEFICIOS

Entre los beneficios de esta iniciativa se indica que, para el Estado, promoverá que el servicio a la Nación se realice por funcionarios calificados y competentes, que cumplan con los requisitos de meritocracia y se permitirá democráticamente el acceso de profesionales con las más elevadas credenciales de idoneidad y competencia, regulándose únicamente criterios de excepcionalidad y perfiles mínimos.

“Permitirá que se aumente la eficiencia de la gestión pública asegurando que los funcionarios cuenten con la experiencia, conocimiento y dominio de la función en cada una de las instancias de gestión del Estado. Asimismo, se incrementará la confianza en los funcionarios al asegurar que cumplen con los requisitos de integridad e idoneidad”, se destaca en el análisis costo beneficio de la propuesta.

OTROS TEMAS

En otro momento, con 19 votos a favor, 0 en contra y 2 abstenciones, la Comisión de Constitución aprobó los dictámenes de control de diversos decretos legislativos y tratados internacionales ejecutivos.

“Estos cumplen con los parámetros constitucionales previstos para la legislación delegada establecidos en el artículo 104 de la Constitución Política (…) se encuentran dentro del ámbito de la materia delegada y se han emitido dentro del plazo de la ley autoritativa”, alegó Fernando Rospigliosi.

Luego, el congresista Alejandro Cavero (Avanza País) sustentó el Proyecto de Ley 05159/2022-CR, que desarrolla las limitaciones a la propiedad o posesión de tierras por extranjeros en territorio nacional contenido en el artículo 71 de la Constitución Política del Perú sobre la propiedad de extranjeros en zonas fronterizas.

Su colega Isaac Mita (PL) expuso el Proyecto de Ley 05418/2022-CR, que busca modificar el artículo 71 de la Carta Magna para limitar a los extranjeros la propiedad o posesión en zona urbana y rural dentro de los cincuenta kilómetros de las fronteras del territorio nacional.

Asimismo, el legislador Juan Carlos Martín Lizarzaburu Lizarzaburu (APP) sustentó el Proyecto de Ley 05879/2023-CR-, que modifica la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones, para incorporar disposiciones del voto digital para los peruanos residentes en el exterior.

También, la parlamentaria Katy Ugarte (BMCN) expuso sobre el Proyecto de Ley 06156/2023-CR, que precisa la no firma de abogado para la solicitud de acceso a la información pública en primera instancia administrativa.

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

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