Aprueban propuesta que precisa inclusión de departamento de San Martín en Crédito Fiscal Especial del IGV

Centro de Noticias del Congreso

17 Oct 2024 | 13:35 h

Con 93 votos a favor, el Pleno del Congreso aprobó el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 5330/2022-CR, que precisa que el departamento de San Martín es sujeto de otorgamiento del beneficio de Crédito Fiscal Especial del Impuesto General a las Ventas (IGV), restituyendo lo establecido en la Ley 27037, Ley de Promoción de Inversión en la Amazonía.

Al respecto, el presidente de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, Ilich López Ureña (AP), explicó que, a pesar de que San Martín había sido excluida de este régimen tributario especial a través de una norma, con la aprobación de Ley 29749 se restablecía lo dispuesto en la Ley de Promoción de Inversión en la Amazonía.

No obstante, manifestó López Ureña, esta ambigüedad era interpretada por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) para no aplicar el crédito fiscal especial en beneficio de este departamento.

“A pesar de que hay una norma expresa que aplica este beneficio tributario a las actividades económicas del departamento San Martín para que puedan desarrollarse, la Sunat no lo reconoce. Al retirarle este crédito fiscal especial estamos golpeando su competitividad”, enfatizó el presidente de la Comisión de Economía.

Finalmente, manifestó que San Martín exporta alrededor de 60 millones de soles al mundo, sobre todo en cacao y tiene la producción de casi el 50 % de palma aceitera.

Por su parte, la autora del proyecto de ley, la congresista Karol Paredes Fonseca (Avanza País), aseveró que el Crédito Fiscal Especial en la Amazonía es en la actualidad de: 50 % para Loreto, Ucayali, Madre de Dios; 25 % para Ucayali y Amazonas, 25 % para demás provincias y distritos y 0 % para San Martín.

“San Martín no tiene canon, por ello es necesario este crédito fiscal especial”, dijo la legisladora.

Cabe precisar que, con 92 votos a favor, la propuesta fue exonerada de segunda votación, con lo cual será enviado al Poder Ejecutivo para su eventual promulgación.

OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL

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