Presidente del Congreso informó en sesión plenaria
Presentan dos mociones de censura contra ministro de Energía y Minas, Rómulo Mucho
Centro de Noticias del Congreso
04 Abr 2024 | 11:19 h
En la sesión del Pleno del Congreso de hoy, el titular del Parlamento, Alejandro Soto Reyes, dio cuenta del ingreso de dos mociones de censura en contra del ministro de Energía y Minas, Rómulo Mucho Mamani, quien fue interpelado el pasado 25 de marzo.
Uno de los principales cuestionamientos contra el titular del Minem es por la relación de su empresa Pevoex Contratistas S.A.C con Southern Perú Copper Corporation, a la que brindó servicios. Precisamente, esta empresa minera es la responsable del proyecto minero Tía María, en la provincia de Islay, Arequipa.
“Se ponen en conocimiento de la representación nacional que se ha presentado la Moción de Orden del Día 10873, moción de censura en contra del ministro de Energía y Minas, Rómulo Mucho Mamani”, indicó en la sesión plenaria el presidente del Congreso.
De acuerdo a esta moción, el ministro Mucho omitió presentar y publicar su declaración jurada de intereses y se ha mostrado bastante interesado en destrabar el proyecto minero Tía María, donde el ministro tiene vínculos con empresas mineras con infracciones ambientales en la continuidad de ese proyecto.
“Es un empresario minero, pero ignora el amplio rechazo de las comunidades campesinas y agricultores al pretender destrabar el proyecto Tía María, paralizado desde el 2011 y que hasta la fecha ha dejado un saldo de siete muertes en las protestas en contra de la explotación perniciosa del yacimiento de cobre”, se alega en el documento.
Además de ello, en la sesión del Pleno se informó del ingreso de otra moción de censura, la 10874, donde se cuestiona al ministro por los mismos motivos. Al respecto, se agrega que Rómulo Mucho no cumple con el principio de idoneidad para asumir un alto cargo público, además de que cuenta con numerosos procesos penales en diversos distritos fiscales y judiciales del país.
“Está en condición de imputado por hechos vinculados a presuntas conductas ilícitas durante su trayectoria personal, profesional y/o empresarial minero; tales como los delitos de atentado contra monumentos arqueológicos, omisión ilegal de acto a su cargo, violencia y resistencia a la autoridad (a mano armada), usurpación, allanamiento legal, violación de domicilio, y homicidio por inobservancia a la reglas de la profesión, ocupación o industria, entre otros; lo cual enerva negativamente su idoneidad para el ejercicio del cargo que ostenta”, se indica.
De acuerdo al artículo 86 del Reglamento del Congreso, la moción de censura se debate y vota entre el cuarto y el décimo día natural después de su presentación. Asimismo, su aprobación requiere del voto de más de la mitad del número legal de miembros del Congreso.
OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL