Siempre que no se ponga en riesgo la salud de las personas

Aprueban que normas de inocuidad consideren condiciones de mypes

Centro de Noticias del Congreso

21 Jun 2023 | 13:24 h

Con 106 votos a favor y cinco en contra, el Pleno del Congreso aprobó la propuesta legislativa que plantea que los procedimientos administrativos y las normas técnicas sobre inocuidad alimentaria que establezca la Autoridad Sanitaria tenga una regulación especial para las micro y pequeñas empresas en base al número de establecimientos, de trabajadores, montos de ventas y cantidad de productos por categoría.

La presidenta de la Comisión de Salud y Población, Elva Julón Irigoin (APP), indicó que la iniciativa propone modificar la disposición complementaria final segunda del Decreto Legislativo 1290 para que las normas técnicas y procedimientos administrativos, consideren las especiales condiciones de este sector, “siempre que no se ponga en riesgo la salud de las personas”.

Refirió que la propuesta de autoría del congresista Carlos Alva Rojas (AP), presentada por la Comisión Especial Capital Perú, plantea el establecimiento de excepciones o simplificaciones para el cumplimiento de ciertos procedimientos o requisitos vinculados con la inocuidad alimentarias para empresas pequeñas.

En ese sentido, afirmó que la propuesta legislativa reconoce las especiales características de las micro y pequeñas empresas, pero señala expresamente que las regulaciones no deben poner en riesgo la salud de las personas.

Más adelante, con 101 a favor y cinco en contra se aprobó la exoneración de la segunda votación, con lo que la iniciativa quedó expedita para ser eventualmente promulgada por el Poder Ejecutivo.

El autor del PL 4080, Carlos Alva Rojas (AP), dijo que se busca atender a las especiales características de las mypes, sin afectar los estándares mínimos de calidad que puedan poner en peligro la salud de las personas.

Consideró que el marco normativo actual debe perfeccionarse para facilitar las actividades económicas de las mypes, dedicadas a la elaboración de alimentos, sin afectar el derecho a la salud de las personas.

Cabe señalar que, de acuerdo al Decreto Legislativo 1062, que aprueba la Ley de Inocuidad de los Alimentos, define este término como «la garantía de que no causarán daño al consumidor cuando se preparen y/o consuman de acuerdo con el uso a que se destinan, es decir, que la inocuidad de los alimentos es la cualidad que garantiza que los alimentos puedan consumirse y sean seguros para la salud”.

OFICINA DE COMUNICACIONES

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