PRECISAN DEBERES Y DERECHOS
Centro de Noticias del Congreso
20 Jul 2016 | 9:37 h
Fue promulgada la Ley Nº 30489, mediante la cual se precisa los deberes y derechos de las instituciones y escuelas de educación superior en el sentido de que pueden otorgar, en nombre de la Nación, el grado de bachiller y los títulos de licenciado respectivos, equivalentes a los otorgados por las universidades del país.
Al respecto, esos documentos son válidos para el ejercicio de la docencia universitaria y para la realización de estudios de maestría y doctorado, y gozan de las exoneraciones y estímulos de las universidades en los términos señalados por ley.
Para el efecto, la disposición modifica el primer párrafo de la tercera disposición complementaria final de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, según se publica este miércoles 20 en la sección Normas Legales del diario oficial El Peruano.
La disposición legal fue aprobada anteriormente por el Pleno del Congreso de la República, y se refiere a diversas instituciones y escuelas de educación superior tales como las escuelas de oficiales y escuelas superiores de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, Escuela de Salud Pública del Perú, Centro de Altos Estudios Nacionales, Academia Diplomática del Perú, Instituto Pedagógico Nacional de Monterrico y la Escuela Nacional de Marina Mercante Almirante Miguel Grau, entre muchas otras.
La autógrafa de ley está firmada por el presidente del Congreso, Luis Iberico Núñez y la primera vicepresidenta Natalie Condori Jahuira. Fue promulgada por el jefe del Estado, Ollanta Humala Tasso. (JTR).
PRENSA-CONGRESO
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