ECONOMÍA APROBÓ DERIVAR A ESSALUD EL 4.5% DEL FONDO A LAS AFP

Centro de Noticias del Congreso

04 May 2016 | 9:42 h

El 4,5% de las cuentas individuales de capitalización de los afiliados que retiren hasta el 95.5% de sus fondos de pensiones del sistema privado previsional, serán derivados a Essalud según aprobó por unanimidad, este miércoles 4, la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera.

El proyecto de ley Nº 5263/2015- CR, de autoría del parlamentario Modesto Julca Jara, incorpora un segundo párrafo a la Vigésima Cuarta Disposición Final y Transitoria del TUO del Sistema Privado de Fondo de Pensiones que señala que “este monto deberá ser retenido y transferido por la AFP directamente a Essalud en la oportunidad que el afiliado opte por el retiro de su pensión para garantizar las prestaciones que brinda esta institución, sin perjuicio que este elija retiros por armadas y/o productos previsionales”.

 Indica, además, que cualquier acreditación con posterioridad de recursos en la Cuenta Individual de Capitalización tendrá el mismo tratamiento.

A pedido de los congresistas Jaime Delgado y Yonhy Lescano se incluyó en la iniciativa un texto que permite a los afiliados a las AFP que optaron por el retiro programado de sus fondos antes de la entrada de la ley 30425, retirar hasta el 95,5% de su fondo pensionario, independientemente del monto calculado. También se incorporó un párrafo que permite usar como garantía para una primera vivienda el 25% del fondo pensionario.

 A FAVOR DE LA INICIATIVA

Durante el debate de propuesta, el ministro de Trabajo, Daniel Maurate, se mostró a favor del proyecto y señaló que las personas que pasan a la jubilación son las que requieren más asistencia en salud. Remarcó que el Ejecutivo tiene una postura clara y concreta en que ningún trabajador, al finalizar su actividad laboral, deje de tener una pensión.

Por su parte, el Superintendente de Banca y Seguros, Javier Poggi, propuso que la Ley 30425 ofrezca más precisiones sobre este monto para evitar que se produzca un doble pago a EsSalud cuando una persona decida retirar menos del 95,5% de su fondo pensionario y el dinero restante quede como fondo bajo un determinado régimen pensionario.

 «La regla sería que cuando alguien retira algún porcentaje de este 95.5%, el 4.5% va a EsSalud y del producto pensionario que quede ya no se descontaría este beneficio para evitar generar un doble pago», manifestó.

 A su vez, la presidenta de EsSalud, Virginia Baffigo, informó que más del 70% de los ingresos totales de la seguridad social están dados por los aportes de sus afiliados. El 97% de este porcentaje el proporcionado por los afiliados regulares y solo el 5% por los pensionistas.

Explicó que el promedio de aporte mensual a su institución es de 136 soles, el cual cubre también a los derechohabientes del titular, siendo el promedio de aporte de los regulares de 166 soles y de los pensionistas de 26 soles. «El 73% de los egresos se orienta a las prestaciones asistenciales de los aportantes regulares y el 36% a los pensionistas», refirió.

 Precisó que del millón 200 mil jubilados afiliados a EsSalud, 170 mil pertenecen a las AFP. «Los afiliados regulares aportan mensualmente en promedio 166 soles y gastan 108 soles, mientras que los pensionistas aportan 26 y gastan 277 soles. Estamos de acuerdo en que el fondo que la ley asigna a la seguridad social pase a nuestra institución para proteger a nuestros pensionistas», señaló.

 PENSIÓN MENOR A 10 SOLES

De otro lado, Virginia Baffigo aseguró que hasta noviembre del 2015 existían 2,108 titulares de las AFP con pensiones menores a 10 soles, a los cuales se les descuenta el 4% como contribución al seguro social.

A su vez, el congresista Jaime Delgado mencionó que a estos pensionistas no les conviene retirar casi la totalidad de su pensión, ya que son beneficiados con los servicios de EsSalud con una aportación mensual menor a S/. 0.40 céntimos.

Por su parte, el congresista Yonhy Lescano cuestionó el contenido del manual operativo elaborado por la Superintendencia de Banca y Seguros para la aplicación de la Ley 30425 y solicitó se deje sin efecto este documento. (C.C)

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