Se establecen plazos para numeración y publicación de autógrafas enviadas por el Congreso
Pleno aprueba dictamen para que leyes aprobadas por insistencia sean publicadas oportunamente
![](https://comunicaciones.congreso.gob.pe/wp-content/themes/congreso-comunicaciones/assets/img/logo-0.png)
Centro de Noticias del Congreso
09 Jun 2022 | 15:00 h
![](https://comunicaciones.congreso.gob.pe/wpuploads/2022/06/pleno20220601-10.jpeg)
El Pleno del Congreso de la República aprobó el dictamen del Proyecto de Ley que propone regular el procedimiento de numeración y publicación de leyes, resoluciones legislativas y resoluciones legislativas del Congreso.
En primera votación alcanzó 89 votos a favor, 26 en contra y 2 abstenciones y fue exonerado de segunda votación con 90 votos a favor, 27 en contra y 1 abstención. De esta manera, quedó expedito para su eventual promulgación por el Poder Ejecutivo.
El dictamen que reúne los Proyectos de Ley 920 y 1158 tiene por finalidad de establecer la garantía de que las leyes que aprueba el Congreso por insistencia; así como los acuerdos tomados a través de resoluciones legislativas del Congreso sean publicadas oportunamente eliminando así cualquier escenario que dilate o impida la publicación.
La proyectada norma dispone que el Poder Ejecutivo asignará a las leyes y resoluciones legislativas el número cardinal que les corresponda una vez que se las promulgue. Esta numeración deberá llevarse a cabo en un plazo máximo de 48 horas contadas a partir de la promulgación de la norma. Además, contempla un plazo de 3 días calendario, desde su promulgación, el plazo máximo para enviarla al diario oficial El Peruano para su publicación.
Por su parte, al Congreso de la República corresponderá asignar a sus resoluciones legislativas el número cardinal que les corresponda, seguido del año de la legislatura y las siglas del Congreso de la República, de acuerdo con el orden en que las promulgue y considera un plazo máximo de 3 días para enviarla al diario oficial El Peruano para su publicación.
Además, el diario oficial El Peruano tendrá un plazo de 24 horas para publicar las leyes, resoluciones legislativas y resoluciones legislativas del Congreso, desde su recepción.
La propuesta también considera como una falta muy grave a aquel funcionario, servidor público o trabajador de una empresa del Estado que omita, rehúse o retarde la numeración o publicación de la leyes, resoluciones legislativas y resoluciones legislativas del Congreso e incurre en delito previsto en el artículo 377 del Código Penal.
En ese sentido faculta al procurador público del Parlamento a denunciar penalmente a quienes resulten responsables de ello.
Al sustentar el dictamen, la congresista Patricia Juárez (FP), presidenta de la Comisión de Constitución y Reglamento, dijo que la ausencia del plazo para la asignación de numeración de leyes y la publicación respectivas ha generado que normas aprobadas legitimante por el Congreso no entren en vigencia de manera efectiva sino hasta que el Poder Ejecutivo o la empresa Editora Perú así lo decida.
“Esta posibilidad de actos de arbitrariedad generada por la ausencia de plazo específicos e inexistencia de sanciones por la demora innecesaria en la publicación de las leyes genera un atentado directo contra las decisiones del Congreso y una dependencia funcional de Congreso hacia el Poder Ejecutivo que vulnera el principio de separación y equilibrio de podres”, añadió.
Agregó que hemos tenido leyes que promulgadas por este Congreso han sido publicadas luego de una semana y en periodos anteriores casi a un mes luego de su promulgación.
Por su parte, el congresista Alejandro Cavero (Avanza País), autor de uno de los proyectos incluidos en el dictamen, dijo que la propuesta es muy importante en aras de poder preservar el equilibrio de separación de poderes.
“Cada poder del Estado debe tener bien claras sus competencias. Le corresponde a este poder del Estado dar normas, leyes y resoluciones legislativa y por tanto nos toca como Parlamento que estas se cumplan y entren en vigencia en el plazo correspondiente”, añadió.
Subrayó que es importante que se otorguen plazos claros como 48 horas como plazo máximo para que se enumere una ley y 24 horas para que se publique en El Peruano, sin lo cual la ley no entra en vigencia.
Además, observó que es importante que sea tarea del procurador del Congreso acusar por omisión de funciones con carácter de gravedad a aquellos funcionarios que no cumplan con esta normativa y así salvaguardar la institución y la majestad de este poder del Estado.
RECHAZAN RECONSIDERACIÓN
Antes, la Representación Nacional rechazó la reconsideración del Proyecto de Resolución Legislativa del Congreso que declara haber lugar a la formación de causa contra el denunciado Tomás Aladino Gálvez Villegas, en su condición de ex fiscal supremo por la presunta comisión de los delitos de organización criminal, patrocinio ilegal, cohecho activo específico y tráfico de influencias, tipificados en los artículos 317, 385, 398 y 400 del Código Penal, respectivamente.
La decisión se adoptó por 43 votos a favor, 53 en contra y 20 abstenciones.
La cuestión previa había sido planteada por las congresistas Flor Pablo Medina, Ruth Luque Ibarra e Isabel Cortez Aguirre (CD-JP).
OFICINA DE COMUNICACIONES