En Comisión de Constitución y Reglamento inician debate de reformas al Código Procesal Constitucional
Alistan propuesta para mejorar elección de representantes de universidades ante el JNE
Centro de Noticias del Congreso
26 Abr 2022 | 14:48 h
En una próxima sesión, la Comisión de Constitución y Reglamento votará el dictamen del proyecto de ley que propone modificar el artículo 4 de la Ley 26304, respecto del procedimiento de elección de los representantes de las universidades públicas y privadas ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Así lo señaló la presidenta de ese grupo de trabajo, Patricia Juárez Gallegos, el martes 26, luego de sustentar el dictamen respectivo del proyecto de Ley 1591/2021-CR, el cual fue motivo de un breve debate donde se plantearon ajustes a la proyectada norma.
Con el impacto de la propuesta se disminuye al mínimo la posibilidad de que el JNE carezca de quorum por falta de miembros representantes de las universidades públicas y privadas.
La propuesta beneficiaría a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) en el sentido de que contribuye a su perfil de especialidad estar presente organizando y avalando la elección que corresponde a los decanos de Derecho de las universidades públicas y privadas.
Se trata de un artículo único que plantea la modificación del artículo 4 de la Ley 26304, Ley que dispone que el JNE, íntegramente renovado, conduzca las elecciones de presidente de la República, vicepresidentes y congresistas estableciendo nuevos parámetros de ejecución para el procedimiento de elección de los representantes de las universidades públicas y privadas ante el pleno del JNE.
“La normativa vigente sobre la materia presenta deficiencias lo que a la fecha no ha permitido contar con procesos de elección oportunos y
transparentes”, dijo Juárez Gallegos al sustentar el dictamen.
Se propone que dichos procesos eleccionarios deberán contar obligatoriamente con la asistencia técnica de la ONPE a fin de compatibilizar la autonomía normativa y organizativa universitaria, así como el interés público en el proceso de elección de los representase universitarios ante el JNE.
Además, regular un mecanismo de postulación abierta entre los exdecanos de las facultades de Derecho de las universidades públicas y privadas conforme a lo dispuesto a los artículos 11 y 17 de la Ley Orgánica del JNE a fin de garantizar la continuidad del funcionamiento de esa entidad al término del mandato de sus miembros titulares.
CÓDIGO PROCESAL CONSTITUCIONAL
En la sesión fue sustentado un paquete de propuestas legislativas que plantean modificaciones al Código Procesal Constitucional.
Uno de ellos fue el PL 809/2021-CR, Ley que modifica el artículo 18 del Nuevo Código Procesal Constitucional, presentado por los congresistas Eduardo Castillo Rivas y Héctor Ventura Ángel (FP).
“La justificación constitucional principal en el caso de la propuesta de ley es la autonomía del órgano parlamentario en sus funciones constitucionales, el principio de representación política de la ciudadanía, a quien representa, y la trascendencia de la función de control parlamentario encargado por la Constitución”, dijo Castillo Rivas.
Enseguida, el congresista José Elías Avalos sustentó el PL 1043/2021-CR, Ley que modifica el artículo 7 de la Ley 31037, Nuevo Código Procesal Constitucional.
Tiene como finalidad incorporar una causal adicional a las causales de improcedencias establecidas en el Nuevo Código Procesal Constitucional a fin de impedir la admisión de procesos que tengan por objeto limitar el ejercicio constitucional de las funciones de control y fiscalización correspondiente al Poder Legislativo.
“La propuesta legislativa persigue impedir que procesos constitucionales pretendan impedir o limitar el libre ejercicio de la función interventora y supervisora del Poder Legislativo con forme a las facultades que la ley otorga”, sostuvo Elías Avalos.
Por último, correspondió a la congresista Patricia Juárez (FP) sustentar el PL 1698/2021-CR, Ley que modifica el artículo 24 del Nuevo Código Procesal Constitucional.
Entre los beneficios de fondo del proyecto de ley de modificación al Nuevo Código Procesal Constitucional -dijo Juárez- se tienen los siguientes: los justiciables podrán ejercer su derecho de defensa ante el Tribunal Constitucional, se podrá tener una efectiva tutela jurisdiccional y se evitará interpretaciones que vulneren derechos fundamentales.
“Se debe mencionar también que -con la aprobación del presente proyecto de ley- podría considerarse que se aumentará la carga procesal del Tribunal Constitucional; sin embargo, en el proceso de interpretación y aplicación debe primar lo más favorable a los justiciables.”, observó la legisladora en la propuesta.
Para dar más detalles sobre la viabilidad de los proyectos de ley nros. 809, 1043, 1414 y 1698 que proponen modificar el nuevo Código Procesal Constitucional, se presentaron como invitados los excongresistas Luis Roel Alva y Carlos Mesía Ramírez.
SUSTENTAN PROYECTOS DE LEY
Antes se realizó la sustentación del PL 1112/2021-CR, Ley de reforma constitucional que otorga independencia a los procuradores del Estado y crea la Procuraduría General del Estado como organismo constitucional autónomo, presentado por el congresista Héctor Acuña Peralta (APP).
El legislador señaló que el objeto de la propuesta es dotar de una verdadera autonomía e independencia a la Procuraduría General del Estado -que actualmente se encuentra adscrita al Ministerio de Justicia- a fin de que puedan realizar su principal función de ejercer la defensa de los intereses del Estado a cabalidad y de manera adecuada, sin ningún tipo de injerencia externa que pueda desviarla.
También participó en la sesión el contralor general de la República, Nelson Shack Yalta, quien sustentó el PL 1697/2021-CGR por el que se modifica la oportunidad de presentación de declaraciones juradas de carácter preventivo de los candidatos a cargos de elección popular.
“La presente ley tiene por objeto modificar la oportunidad de presentación de declaraciones juradas de carácter preventivo de los candidatos a cargos de elección popular a efectos de darle mayor valor a la información declarada con la finalidad de mejorar la transparencia y alcance para beneficio de los electores”, dijo Shack Yalta.
Se propone que la Declaración Jurada de Intereses de los candidatos a un cargo de elección popular se presente luego de vencido el plazo para la presentación de la solicitud de inscripción de la candidatura, y de acuerdo con el procedimiento que establezca la Contraloría General de la República para tal fin.
OFICINA DE COMUNICACIONES