Aprueban Ley del Servicio de Serenazgo Municipal con beneficio laboral

Centro de Noticias del Congreso

22 Abr 2021 | 21:27 h

Por unanimidad (109 votos), el Pleno del Congreso aprobó el dictamen que propone la Ley del Servicio de Serenazgo Municipal. La propuesta tiene por objeto establecer el marco normativo que regula al serenazgo municipal como parte del servicio de seguridad ciudadana que prestan las municipalidades, a fin de que pueda contribuir con la convivencia pacífica, el control de la violencia y la prevención de delitos y faltas.

Asimismo, esta propuesta establece los mecanismos para la participación articulación y coordinación del serenazgo municipal con los servicios similares de las diversas municipalidades, la Policía Nacional del Perú, la sociedad civil y las instituciones vinculadas en concordancia con lo dispuesto a la Ley 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

La presente ley se aplica a serenazgo municipal que, como parte del servicio de seguridad ciudadana, prestan las municipalidades provinciales y distritales conforme a ley. Entre sus funciones está el contribuir en el mantenimiento de la tranquilidad, orden y seguridad del vecindario en el marco de los planes de acción de seguridad ciudadana de la respectiva municipalidades.

De igual manera, se encargan de vigilar e informar sobre situaciones o comportamientos irregulares o ilegales que evidencien la comisión o la realización de actos preparatorios de delitos, faltas y contravenciones que se produzca en su sector de vigilancia, así como en caso de delitos y faltas. Además, deben de poner en forma inmediata al detenido a disposición de la Policía Nacional del Perú en aplicación de la Ley 29372, Ley de Arresto Ciudadano y del Código Procesal Penal, Decreto Legislativo 957.

Otras de las funciones del sereno es participar en operativos junto con la Policía Nacional del Perú, Ministerio Público, gobernación y otras instituciones vinculadas a la seguridad ciudadana. Asimismo, deben de coordinar con la Policía en casos de comisión de delitos, faltas, actos de violencia flagrantes y accidentes.
De igual manera, es necesario que se comuniquen y coordinar de forma inmediata con la Policía Nacional del Perú, bomberos, sistema de atención móvil de urgencias, municipalidades y otras instituciones, según se requiera, para la atención y el apoyo de las labores de auxilio y evacuación ante situaciones de emergencia.

Respecto a su derechos, estos son emanados de la modalidad de contratación a que se sujeta el sereno municipal, por lo que debe de percibir la contraprestación económica correspondiente al servicio prestado y los beneficios que le correspondan de acuerdo con ley, como contar con el uniforme y equipamiento básico necesario para el cumplimiento de su función, además deben de recibir capacitación permanente y entrenamiento previo, que les permita cumplir con eficiencia su labor de acuerdo con las funciones asignadas.

Asimismo, los serenos municipales que obtengan el certificado de formación y capacitación deberán encontrarse progresivamente dentro de los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestal de los gobiernos locales, para el efecto, el sereno municipal debe cumplir adicionalmente con los siguientes requisitos: tener vínculo contractual o laboral vigente y contar con experiencia en el cargo de dos años de modo continuo o tres años de modo discontinuo y haber ingresado a laborar mediante concurso público.

El vicepresidente de la Comisión de Defensa Nacional, el parlamentario Miguel Vivanco Reyes (FP), sustentó el dictamen señalando que es una propuesta importante. «El sereno no está facultado legalmente para el control de ciertas situaciones o intervenciones de fuerza con el uso de armas no letales. Cabe mencionar que, para la utilización de estas armas menos letales, los serenos municipales deben estar debidamente capacitados y, a la fecha, estos no cumplen con este requisito, puesto que el uso de este tipo de armas resulta peligroso, incluso mortal, sin el conocimiento y las competencias necesarias», expresó.

Por su parte, la autora del proyecto, la legisladora Mónica Saavedra Ocharán (AP), señaló que esto que es una partida de nacimiento para los servicios del serenazgo del Perú, ya que durante muchos años estaban a la espera de una ley de serenazgo.

“Los serenos integrantes de los serenazgos municipales pueden aspirar a una línea de carrera en las municipalidades y a los ascensos, a los cuales pueden llegar mediante la capacitación y las evaluaciones correspondientes», sostuvo.

OFICINA DE COMUNICACIONES

ver más

Relacionados

Subcomisión de Control Político aprueba informes sobre decretos de urgencia y decretos legislativos

30 Abr 2024 | 9:48 h

La Subcomisión de Control Político, que preside la congresista Patricia Juárez Gallegos (FP), aprobó este martes 30 informes de...

Leer más >
  • Compartir

Comisión de Ética recomienda suspensión y descuento de haberes de congresista Katy Ugarte

29 Abr 2024 | 19:57 h

La Comisión de Ética Parlamentaria aprobó por mayoría (12 votos favor, 2 votos en contra y 1 abstención) el...

Leer más >
  • Compartir