Por presunta infracción a la Constitución y al Código Penal

Declaran procedentes dos denuncias constitucionales contra expresidente Vizcarra por caso “vacunagate”

Centro de Noticias del Congreso

01 Mar 2021 | 11:35 h

Con 15 votos a favor, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales aprobó el informe de calificación que declara procedente la Denuncia Constitucional 426 contra el expresidente de la República, Martín Vizcarra Cornejo, por la presunta infracción constitucional de los artículos 38, 39, 44 y 118 (inciso 1) de la Constitución Política del Perú.

El acuerdo fue tomado en la sesión virtual que se realizó el lunes 1 y que fue conducida por su presidente, el congresista Carlos Pérez Ochoa (AP).

Se trata de la denuncia formulada por los congresistas Manuel Merino De Lama, Luis Andrés Roel Alva y Leonardo Inga Sales de la bancada de Acción Popular.

El mismo informe declara la improcedencia de la presunta infracción constitucional del artículo 45 de la Constitución Política. Así también, se inhibe de pronunciamiento en el extremo referido a la presunta comisión de delitos de función (antejuicio político) conforme al pedido efectuado por los denunciantes y lo expuesto en el análisis de este.

Durante el debate, los congresistas Martha Chávez (FP) y Ali Mamani (NoA) expresaron su desacuerdo en que se haya excluido la infracción al artículo 44 de la Constitución y se haya considerado improcedente en el informe elaborado por la asesoría técnica de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales.

Al respecto, el congresista Pérez Ochoa dijo que dicho artículo se refiere a los deberes primordiales del Estado y observó que siendo que el presidente de la República personifica a la Nación, entonces asume la responsabilidad que ello implica. En esto coincidió con sus pares y enseguida dispuso la inclusión de dicho artículo como procedente.

Finalmente, se acordó proponer la acumulación de la Denuncia Constitucional 426 a las denuncias constitucionales 423 y 427 que fueron calificadas como procedentes en la sesión del 22 de febrero de 2021.

DENUNCIA N.° 434

Posteriormente, con 15 votos a favor se aprobó el informe que declara procedente la Denuncia Constitucional 434 formulada por los congresistas Manuel Merino De Lama, Luis Roel Alva y Leonardo Inga Sales contra el expresidente de la República, Martín Vizcarra Cornejo, por la presunta comisión de los delitos de concusión, colusión agravada, cohecho pasivo propio, negociación incompatible, y falsificación de documentos, tipificados en los artículos 382, 384, 393, 399 y 427 del Código Penal, respectivamente.

Así también se acordó proponer la acumulación de la Denuncia Constitucional 434 a las denuncias constitucionales 422 y 424, que fueron calificadas como procedentes en la sesión del 22 de febrero de 2021.

REGRESA A ESTUDIO

A solicitud de congresista Carlos Almerí Veramendi (PP) y con 7 votos a favor se acordó que el informe de calificación que declara improcedente la Denuncia Constitucional 428 retorne a la asesoría técnica de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales para un mayor estudio.

Se trata de la denuncia formulada por el ciudadano Marco Falconí Picardo  en contra de Vizcarra Cornejo, el presidente de la República, Francisco Sagasti Hochhausler; la presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez Valdivia; la exministra de Salud, Pilar Mazzetti Soler y la exministra de Relaciones Exteriores, Elizabeth Astete Rodríguez, por la presunta comisión de los delitos de abuso de autoridad, concusión, negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo, tipificados en los artículos 376, 382 y 399 del Código Penal, así como por la presunta infracción de los artículos 1, 2 (incisos 1, 7 y 9) y 38 de la Constitución Política del Perú.

 

Lima, 1 de marzo de 2021

OFICINA DE COMUNICACIONES

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