En cuarto intermedio propuesta que garantiza continuidad de estudios
Centro de Noticias del Congreso
19 Mar 2021 | 22:24 h
El dictamen que propone la Ley que establece medidas para garantizar la continuidad de los estudios en las instituciones educativas públicas y privadas de las etapas de educación básica y superior en la situación de emergencia, catástrofe o circunstancia grave que afecte la vida de la Nación, entró a un cuarto intermedio.
La iniciativa se sustenta en los proyectos de ley 5009, 5052, 5053, 5061, 5068, 5128, 5230, 5272, 5489, 5514, 5639, 5654 y 5743.
Fue aprobada por la Comisión de Educación, Juventud y Deporte y cuenta también con un dictamen aprobado en la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos, además de dictámenes de inhibición de las comisiones de Justicia y Derechos Humanos y Constitución y Reglamento.
La propuesta de la Comisión de Educación consta de 17 artículos, tres disposiciones complementarias transitorias, tres disposiciones complementarias finales, una disposición complementaria derogatoria, y tiene por finalidad asegurar la continuidad de la educación en declaratorias de emergencia nacional o regional por autoridad competente y comprende a todas las instituciones educativas públicas y privadas del país.
Por su parte, el dictamen de la Comisión de Defensa del Consumidor consta de seis artículos, una disposición complementaria final y una disposición complementaria transitoria. Su finalidad “es asegurar la continuidad del servicio educativo escolar privado y garantizar el derecho de los padres de familia de participar en el control y supervisión de las clases no presenciales, en situación de emergencia, catástrofe o de grave circunstancia que afecta la vida de la Nación, que impida su normal desarrollo, en salvaguarda de la economía familiar”.
Durante el debate, diversos parlamentarios solicitaron la inclusión de nuevas sugerencias y otros solicitaron que sus respectivos proyectos de ley no se acumulen (en el caso del dictamen de la Comisión de Educación), porque si bien consta el número, su contenido no ha sido tomado en cuenta.
